Los constituyentes de 1925

Los Constituyentes de 19t5 "La estabilidad ministerial subordinada por la Constitu– ción exclusivamente a la confianza y voluntad del Presidente de la República se ve perturbada, no obstante esto, por la ac– ción que ejercen flos partidos sobre sus hombres en el Gobier– no. Contra esto no valen nuevas disposiciones constitucionales. Las hay que son suficientes y efectivas. Lo que hace falta es la cultura civica necesaria para amoldar la acción de los partidos dentro del respeto de las facultades constitucionales del Presi– dente de la República." "A la tercera. - Creo que una disposición expresa que per– mitiera al Congreso delegar sus facultades legislativas transi– toriamente en manos del Presidente de la República se confor– maria con la realidad. En efecto, esa delegación ha sido hecha varias veces no obstante las dificultades que el texto actual de la Constitución y la historia fidedigna de su establecimiento parecen oponerse a tal sis tema." "Por lo demás, da.da la velocidad y urgencia que han ad– quirido en la época moderna los problemas económicos especial– mente, el mecanismo legislativo ordinario suele ser, por su len– titud y sus complicaciones inevitables, ineficaz para confron– tarse adecuadamente con esos problemas. En el sistema inglés existen las "orders in council" que ¡¡on en reaHdad léyes que dicta y aplica el Gabinete, sin perjuicio de someterlas después a la ratificación del Parlamento." "Un sistema semejante, por lo menos frente a circunstan– cias extraordinarias, parece imprescindible en un buen orden constitucional moderno." "En orden a los otros puntos de la encuesta, que consid~ro muy interesantes. no creo haber hecho un estudio suficiente para considerarme con derecho a emitir una opinión bien fun– dada." Con el objeto de obtener de D. Erne~to Barros Jarpa, algunas declaraciones fuera de las contempladas en la encuesta, lo abor– damos en su estudio profesional donde nos concedió una breve entrevista. "Les insisto que el Dert.>cho Constitucional no es mi espe– cialidad y que en ningún momento pienso que mi palabra pue– da ser autorizada." -De todas maneras, desearíamos conocer su opinión sobre la reforma constitucional recientemente promulgada en No-– V'iembre de 1943. "En líneas generales, ha venido a llenar una urgente ne– cesidad nacional. El hecho de que el Ejecutivo se reserve la iniciativa de los proyectos de ley que envuelven gastos al erario público, significa un mayor control sobre el delicado problema de la hacienda de un país. Esta innovación no pniva al Congre– so de la fiscalización que debe ejercer sobre el Ejecutivo, ya que el Presidente de la República sólo tiene la iniciativa, que- ) 95 (

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=