Localización de vivienda en la comuna de Temuco
81 D OCUMENTO DE T RABAJO INVI iniciarse un proceso de renovación de los sectores resi- denciales además de crear un centro de servicios y comer- cio de escala barrial. 11. Pueblo Nuevo Otro barrio de servicios de apoyo a los usos del suelo del centro de la ciudad, actualmente potencia la residencia en densidad, con el propósito de responder al rol de ciudad de paso y de centro de empleo. La transformación de esta área obedece, probablemente, a la sustitución del ferroca- rril por el camión como modo de transporte de mercancías. La imagen urbana para este barrio deberá orien- tarse a revertir el proceso de deterioro de una de las áreas pericentrales de la ciudad, especialmente con una política de recualificación del uso del suelo, eliminando las activi- dades deteriorantes de bodegaje y talleres. En el largo plazo, debe posibilitarse con atractivos incentivos la reno- vación de las edificaciones y la densificación residencial. 2.5.4. Anteproyecto de Plan Regulador Comunal Como se indicó anteriormente, la OTPR de la I. Municipa- lidad de Temuco ha elaborado un anteproyecto de Plan Regulador que reconoce 12 barrios en la actual área urba- na y agrega dos nuevos barrios al límite urbano: El Carmen y Labranza. Se entiende que la Ordenanza del anteproyecto para cada una de las zonas, por encon- trarse en ese nivel, presenta parámetros no validados, razón por la cual un análisis exhaustivo de ella eviden- ciará conclusiones erróneas y que distorsionan el obje- tivo del presente estudio. Así, a continuación se ofrecen comentarios al do- cumento elaborado por la OTPR, con el propósito de con- tribuir a que las normas de edificación permitan la locali- zación de viviendas en las diferentes zonas del Plan Regu- lador Comunal. Al momento de elaborar las normas de construc- ción, es importante que se encuentre claramente definida la imagen – objetivo que se pretende lograr en cada uno de los barrios, ya que la norma debe reflejar esa imagen. Es decir, la norma debe confeccionarse en función de la imagen general de ciudad y de barrio que se pretende mantener, modificar o construir. Por ello, no es recomen- dable una norma construida para cada caso en particular, sino que la norma debe ser para lo general y, mediante disposiciones que permitan la gestión del Plan, establecer los elementos normativos particulares. En este aspecto, la norma siempre deberá establecer condiciones mínimas para predios remanentes o residuales. Un segundo aspecto a tener presente, se refie- re a cuáles han de ser los máximos permitidos en cada zona en cuanto a constructibilidad, ocupación de sue- lo, altura, ocupación de subsuelo, entre otras , ya que la normativa vigente puede modificarse por la aplica- ción de artículos específicos de la Ordenanza General. Conocido es que las normas relativas al D.F.L. N° 2 con y sin construcción simultánea, permiten modificar
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