Los primeros planes intercomunales metropolitanos de Chile

64 2. EL PLAN INTERCOMUNAL DE SANTIAGO 1958-60 2.1.-Generalidades En el año 1954, se creó en el Ministerio de Obras Públicas una oficina especial para la ejecución del Plan Intercomunal, con dedicación permanente a ello. Dicho Plan Intercomunal contempla la solución en conjunto de los problemas de vialidad y de transporte, además de la fijación de zonas industriales, habitacionales, áreas verdes, límites de áreas urbanas y rurales, etc. En una palabra, de la tendencia del uso del suelo, y de las normas para llevarlo a cabo. Contiene así, un anteproyecto de Plan de Transporte, de Áreas Verdes, Deportes y Recreación, de Vivienda y Remodelación, etc. Las decisiones relativas a Planificación Intercomunal se adoptaron previa consulta formulada a cada una de las Municipalidades que forman el Área Intercomunal. Una vez resueltas las consultas a los diversos Municipios, dentro de un plazo establecido en el D.F.L. antes citado, el Ejecutivo procedió a sancionar, mediante Decreto Supremo, el Plan Regulador Intercomunal, alcanzando desde ese momento la fuerza jurídica que lo hace obligatorio para todas las Municipalidades del Área Intercomunal correspondiente. Los Planes Reguladores Comunales son confeccionados por cada Municipalidad, mediante sus oficinas técnicas, o bien, mediante contrato con profesionales particulares, debiendo, en todo caso, respetarse las disposiciones básicas emanadas del Plan Intercomunal. El Plan Intercomunal de Santiago fue aprobado por Decreto Supremo N°2387, de 10 de noviembre de 1960, encontrándose en plena vigencia, con las modificaciones de detalle contenidas en Decretos sucesivos. En el orden administrativo, sus disposiciones contienen dos aspectos: - las disposiciones se han incorporado a los Planes Reguladores Comunales, por lo que el Plan Intercomunal debe ser respetado en todas las urbanizaciones y edificaciones que realicen particulares o instituciones, y - proporciona bases técnicas generales para los diversos servicios públicos del área del Gran Santiago. 2.2. Políticas Metropolitanas del PRIS El conjunto de políticas metropolitanas fundamentales del Plan Intercomunal de Santiago, sirve de guía a los municipios y servicios estatales sectoriales, los que deben perfeccionarlas, sea a través de los Planes Reguladores Comunales y sus respectivos seccionales, o a través de Planes Seccionales específicos. Destacan las siguientes políticas: 2.2.1. La forma de crecimiento de la Metrópoli, basada en los recursos de agua, energía y suelo, en tres líneas de acción, optimizadas y concurrentes:

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