Los primeros planes intercomunales metropolitanos de Chile

10-A El Plano Intercomunal a través de la Zonificación Suburbana, regula el crecimiento del Gran Santiago, aprovechando las condiciones propias de los terrenos. Así, con el objeto de mantener la producción intensiva, se han fijado dimensiones mínimas para la subdivisión en parcelas, y ciertas zonas de deficiente calidad agrícola se han destinado a áreas de forestación. Para diversas actividades o servicios que requieren grandes superficies, o que, por su naturaleza, deben estar alejadas de poblaciones, se han creado las áreas denominadas Áreas de Uso Especial. Se proponen las siguientes zonas principales en el Área Suburbana: PARCELAS AGRICOLAS, cuyas dimensiones mínimas serán de 15.000 y 5.000 m2, en las cuales sólo se permitirá levantar las construcciones necesarias para la explotación agrícola del inmueble. RESERVAS FORESTALES, destinadas a bosques, en conformidad al reglamento de parcelaciones agrícolas y cuya subdivisión se regula por esas disposiciones. RESERVAS AGRÍCOLAS, corresponden a terrenos de buena calidad agrícola, que se encuentran enclavados en las inmediaciones de la ciudad. Se mantendrá su actual destinación económica mientras el desarrollo urbano no justifique ampliamente el cambio de esta función. VIALIDAD INTERCOMUNAL Plano 40 - A Detalle de viñeta En foto color formato carta aprox., del plano original escala 1:20.000

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