El derecho a la ciudad y la vivienda : Propuestas y desafíos de la realidad actual: XIII Encuentro ULACAV; V Jornada internacional de vivienda social
desde el nivel local o barrial. Es aquí cuando se hace indispensable apelar al criterio de escala contingente, es decir que cada uno de los problemas se solucione desde el nivel de gobierno que tenga las mejores o las posibles competencias para abordar el problema. El involucramiento de escalas menores en problemáticas que exceden su nivel de actuación sólo redunda en gestiones ineficientes e ineficaces, generando falsas expectativas o frustraciones de la población en relación a su capacidad para resolver problemas. Coherencia (o no contradicción) en aplicación normativa Este criterio establece claramente la exigencia que pauta que para solucionar problemas de trasgresión jurídica no puede aplicarse una nueva trasgresión. El fin perseguido (por ejemplo la equidad en el ejercicio de los derechos). por parte de un grupo social, no debería lograrse a costa del posible ejercicio de los derechos de otros sectores sociales. Este principio de equilibrio entre los fines propuestos y los medios empleados para resolverlos, no es siempre de fácil aplicación. Los problemas de asentamientos precarios urbanos están, por lo general, ligados a la ocupación irregular o francamente abusiva de la tierra, tanto pública como privada. La remediación a injustas condiciones de acceso a derechos básicos, como la vivienda, la salud o cualquier otro servicio urbano, por parte de un grupo social, se resuelven en muchos casos mediante la vulneración de los derechos de otros habitantes de la ciudad. Muchas de las soluciones propuestas, se hacen a costa de la trasgresión flagrante de normas jurídicas, como por ejemplo las ordenanzas municipales sobre subdivisión de la tierra, lo que da por resultado la tenencia irregular de las propiedades por parte de los beneficiarios, manteniendo e incluso legitimando a largo plazo las condiciones iniciales de desprotección jurídica, informalidad y de no cumplimiento de las obligaciones resultantes de la situación regular. En casos recurrentes de no adecuación de las normativas existentes a las situaciones de urgencia o de grave necesidad de población vulnerable, es más sostenible impulsar la modificación del marco normativo, que su continua y permanente trasgresión por parte de las propias instituciones que tienen como rol hacerlas cumplir. A modo de ejemplo, en Córdoba capital (Argentina) son innumerables los casos de loteas y planes de vivienda social, construidos por el propio estado, municipal y provincial, que no reúnen las condiciones para su aprobación, y que, por consiguiente impiden la escrituración y registro oficial de los bienes a sus legítimos destinatarios, perpetuando condiciones de precariedad jurídica y vulnerando derechos de los herederos y futuros tenedores de los bienes. Equidad (mecanismos de compensación) Esta linea guía es aplicable a los proyectos que contemplen la distribución más equitativa de las costos y los beneficios de las operaciones urbanas. En principio, es más sostenible que los costos y beneficios directos o indirectos de una operación urbana sean afrontados, aunque sea parcialmente, por aquellos sectores que obtienen beneficios tangibles de la misma operación. De la misma manera, los posibles costos a afrontar para el saneamiento de sectores urbanos en malas condiciones de habitabilidad, deberían ser pagados por quienes pueda demostrarse que tienen responsabilidad en su deterioro. Este principio, basado en la adaptación del concepto "el que contamina paga", evita el traslado de los costos sectoriales al sistema re-distributivo de las rentas públicas, comúnmente de base impositiva general, que diluye las responsabilidades en el conjunto de la población. Por otro lado, los beneficios inmobiliarios (rentas diferenciales) resultantes del aumento relativo del valor de la tierra, esperable en cualquier operación de mejoramiento urbano, debería distribuirse entre los ciudadanos con derechos adquiridos sobre el propio lugar de la operación, según el principio de anclaje territorial, enunciado más arriba. En los casos en que esto no sea factible, sería deseable la aplicación de mecanismos de compensación por transferencia de derechos de edificación, (suelo creado) o por sistemas de carga impositiva progresiva. (REESE 2003) Capitalización de las externalidades Las intervenciones en materia habitacional y urbana resultan, en su mayoría y especialmente para los sectores más desfavorecidos, las mayores inversiones que, en términos de recursos, una familia o una comunidad pone en juego a lo largo de su vida. "Los 'programas sociales' manejan recursos escasos, resuelven necesidades, inciden directamente en los mercados o quasi-mercados. Asimismo, la educación y capacitación, la salud, los seguros sociales, la vivienda, el transporte, la difusión de información, participan en la generación de una matriz de recursos Ponencia V Jamada Internacional de Vivienda Social - Mgtr. Arq. Daniela Gargantini- Arq. Joaquín Peralta 7
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