El derecho a la ciudad y la vivienda : Propuestas y desafíos de la realidad actual: XIII Encuentro ULACAV; V Jornada internacional de vivienda social

(FERNÁNDEZ, 1999). La capacidad de distribuir serv1c1os sociales sin comprometer los sistemas comunitarios existentes, es lo que aquí consideramos sostenibilidad social. Y es sobre este concepto que se desarrollan a continuación una serie de criterios, que permiten la evaluación de programas y/o proyectos de producción del hábitat, a partir de la perspectiva del derecho a la ciudad. Criterios de sostenibilidad social. El trabajo que aquí se presenta propone discutir y especificar una serie de principios o criterios generales, orientadores de las acciones hacia prácticas más sostenibles. Los criterios seleccionados bajo estas perspectivas son el resultado de la adaptación de algunas líneas guías, provenientes de diversas fuentes, orientadas a la sustentabilidad de proyectos de desarrollo, dentro de las consideradas genéricamente buenas prácticas en urbanismo y en el campo socio– habitacional. Metodológicamente se enumeran y describen en forma breve, sin profundizar en los mecanismos de aplicación, ya que deben ser considerados como criterios orientadores de tipo general y no como recetas de aplicación. Cada criterio podrá asi aplicarse por separado o integrarse en una matriz multicriterio, procesando simultáneamente el conjunto de variables. Cada variable puede usar a su vez indicadores simples de tipo cualitativo, o usar indices integrados complejos que contengan datos cuantitativos (en el caso de estar disponibles), sin que el orden de presentación de los mismos implique importancia ni prioridad de aplicación. Unido a ello, los principios o criterios desarrollados pueden usarse para la evaluación ex post de proyectos, como control de gestión y monitoreo, o como matriz de evaluación orientadora en la formulación de propuestas, ante la existencia de más de una alternativa. A saber: Eficacia Este principio se aplica como sistema de monitoreo a posteriori, para verificar la correlación entre objetivos enunciados y resultados objetivamente obtenidos por el programa y/o proyecto en cuestión. Sólo se utilizan aquí los objetivos particulares fehacientemente enunciados en el programa y/o proyecto. Es decir objetivos explícitos. Se excluyen los objetivos de tipo general implícitos o meta-objetivos no contrastables en forma directa. Por ejemplo, en el caso de planes de erradicación de villas de emergencia, se puede contrastar el número de viviendas efectivamente construidos y utilizados por la población destinataria con el número de familias o personas beneficiarias enunciadas en la presentación del plan. Si las unidades de vivienda fueron efectivamente construidas, pero ocupada por destinatarios diferentes a los enunciados en los objetivos, se estaría ante un indicador de ineficacia. No es posible evaluar mediante este criterio la eficacia política directa de un programa en el conteo de votos de la elección inmediata, aunque exista de hecho este objetivo implícito en la generación de los programas y/o proyectos. Eficiencia Esta variable se refiere a la relación entre cantidad de recursos efectivamente empleados para la ejecución del plan y los beneficios obtenidos. Los beneficios, en este caso, se refieren a las mejoras sociales, nuevamente referidos a los objetivos particulares explícitos. Un programa estatal puede haber sido eficaz en términos de cumplimiento de objetivos particulares, pero haber empleado para lograrlo mayor cantidad de recursos que los que utiliza el mercado privado. Los costos administrativos y de gestión de programas de producción social de vivienda, no pueden en ningún caso, superar los costos constructivos del propio programa. La razón es sencilla, los costos administrativos y de gestión, en general, no son distribuidos entre los beneficiarios directos del plan (las familias destinatarias). sino entre los profesionales. técnicos y mediadores involucrados. En cambio, un mayor costo inicial del proyecto, aplicado a una mejor solución de diseño. a una mejora constructiva o a un aumento de valor inmobiliario final del bien producido, sí está, en definitiva, beneficiando al destinatario original, y por consiguiente puede ser colocado en la columna beneficio en un balance estándar. Ponencia V Jamada Internacional de Vivienda Social - Mgtr. Arq. Daniela Gargantini- Arq. Joaquín Peralta 4

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