El derecho a la ciudad y la vivienda : Propuestas y desafíos de la realidad actual: XIII Encuentro ULACAV; V Jornada internacional de vivienda social

l'lilljlttUO••• ~~ --·- Imagen 2 Concurso PREVI Lima 1968: Izq.- Primer premio: marco prefabricado de hormigón armado con variantes de ensambles (Arq. H. Ohl-Alemania) Cen.- Barrio: Agrupaciones con diseños premiados + evaluación comparativa de costos/tiempos de construcción Der.- Proyecto premiado: bloque angosto con servicios y laterales con patio+estarldonmitorios (Arq. K. Kikutake) Del 'Bajo Costo', a las acciones para/con los de 'Bajos Ingresos' (entorno de 1975 a inicios de 1990) El segundo paradigma de acciones habitacionales desde instancias públicas latinoamericanas se abre paso en un intento por hacer abordables los programas mediante ofertas al alcance de la capacidad de pago y/o del aporte laboral de los sectores sociales de bajos ingresos (low-income housing). Paradigma que propugna la integración de recursos de los propios pobladores a la promoción/obra estatal (central y/o de agencias locales). Explícitamente considera al Estado como proveedor principal de los componentes de soporte (suelo, servicios y materiales de obra) al tiempo que facilitador a la toma de decisiones autogestionarias. Asi como convoca la integración de aportes individuales y/o colectivos por parte de los mismos pobladores beneficiarios. Aunque para entonces, se registra una sensible disminución de la inversión pública en vivienda en casi todos los países de la región. Este recorte queda establecido sin que se haya revisado ni mucho menos flexibilizado, el marco legal y normativo relacionado a la tenencia y la obra de vivienda de interés social así como el desarrollo urbano en gestación permanece ignorado o cabalmente incomprendido. Ante la demanda acumulada para entonces, así como, por el reconocimiento explícito a la intervención de los mismos usuarios en abordar soluciones, se priorizan estrategias basadas y promotoras del "desarrollo progresivo" tanto, de las unidades habitacionales como del conjunto o barrio. A modo de abarcar un mayor número de 'acciones habitacionales' abiertas a la identidad y variedad de usos/conformaciones familiares con la idea de centrar la obra pública básica (no completa) y por sobretodo, capaz de facilitar decisiones y obras complementarias por parte de beneficiarios-gestores. La autoconstrucción y/o más frecuentemente, la sub– contratación de albañiles y pequeñas empresas locales, resultan protagonistas reconocidos y se les incorpora en marcos legal-administrativos donde las inversiones estatales abren paso y apuntalan la descentralización de toma de decisiones. Resurge así y es por demás constatable, la reanimación de la convivencia y reciprocidad barrial en la gestación de estos tipos de Proyectos, en contraste a la resistencia ejercida tanto por las grandes empresas y aún los gremios corporativos de la industria de la construcción, así como, por quienes no se sentían muy cómodos a la hora de inaugurar de obras de "mejoramiento barrial" o de conjuntos con "pies de casas/núcleos evolutivos". Como correspondía, para instrumentar este nuevo enfoque resultaba necesario una reformulación de la normativa así como la reestructuración del marco y flujos financieros para dar cabida a la gestión local y descentralizada. Las Normas Mínimas en Colombia y la Normatividad de la SEDUE mexicana, la CORVI chilena reestructurada en 3 partes, la DINAVI del Uruguay, la FUNDASAL en El Salvador y el SINAMOS del Perú se adscriben a esta modalidad. Aunque, con variantes operativas que se corresponden a la voluntad polltica y a la consiguiente capacidad de articulación institucional prevalente en cada contexto. En casi todos los casos. se crean nuevas agencias estatales en vez de transformar las existentes, así como excepcionalmente fue destinado algo más del 20% del total de los recursos asignados para la realización de estos tipos innovadores de programas. Paralelamente, en los países socialistas de la época, no se acepta la redefinición de estándares ni cambios en tecnologías lo cual impone por ejemplo 24 m2 para toda familia urbana beneficiaria como era el caso de China Popular (aumentado a 28 m2 hacia fines de los ochenta) mientras en Cuba, se enlentecia la entrega de unidades habitacionales estandarizadas aunque completas-terminadas y aún amobladas. 3

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=