El derecho a la ciudad y la vivienda : Propuestas y desafíos de la realidad actual: XIII Encuentro ULACAV; V Jornada internacional de vivienda social
La perspectiva de derechos en las políticas sociales y habitacionales en América Latina Raúl Femández Wagnerl UNGS 12007 la intervención institucional del Estado, a fin de asegurar el proceso de integración social, desmercantilizando (en mayor o menor grado) un conjunto de bienes y servicios considerados esenciales en el proceso de reproducción social y las condiciones de estabilidad del proceso de acumulación capitalista. La clave de este proceso es el avance en el reconocimiento de derechos de ciudadanía y el universalismo de las coberturas sociales. La política de vivienda, que como vimos se incluye en la dimensión de las políticas sociales de provisión pública de infraestructura social, tenía claros antecedentes en las políticas higienistas del Siglo XIX. Primeramente como parte de las acciones privadas ("políticas sin Estado" como afirma Robert Castel) tanto de las "sociedades filantrópicas" que construían "viviendas higiénicas", como de las fábricas que construían "barrios obreros" o "villas industria/es" para alojar su propia fuerza de trabajo, que resultara muy extendido gracias a su utilidad para la disuasión huelguista, y como floreciente negocio inmobiliario. En este tiempo el Estado intervendrá en las "reformas urbanas" de las grandes ciudades (como el paradigmático caso de Haussmann en París) con el fin de dotar de infraestructuras urbanas, como dotaciones higienistas, al tiempo que se desplazan los pobres del centro y se inaugura una nueva función: la producción del espacio como medio de reproducción capitalista como afirma David Harvey (2003). A principios del Siglo XIX, la construcción pública de grandes equipamientos colectivos, dará paulatinamente paso a la construcción pública para el consumo individual. En la medida que las infraestructuras por si solas no garantizaban las condiciones higiénicas ni las acciones privadas eran cuantitativamente importantes, el estado pasaría a ocuparse de la construcción de viviendas. Así se desarrollará el sistema de la vivienda pública en Europa. La cual en los primeros años tratará de responder a las sucesivas crisis de alquileres urbanos (Budapest 1907, Viena 1911, Glasgow 1915)2. Pero, será en la República de Weimar -promediando la década del '20- cuando realmente se desplegará un sistema de la vivienda pública. Las búsquedas técnicas y de mayor eficiencia de la "inversión social" se desarrollarán bajo el concepto del "existenminimun" 3 La "vivienda social" se constituirá de este modo en el "dispositivo" que permite dar respuestas de política pública a partir del reconocimiento del derecho a la vivienda. En las ciudades Europeas de ese tiempo, donde entre el 60% y 70% de la población era inquilina, se construiría masivamente viviendas públicas donde en el período entreguerras entre un 15% y 20% de la población obrera pasaría a habitar viviendas en propiedad. Las reformas constitucionales garantizan derechos colectivos, en protección de diferentes grados de vulnerabilidad social sobre las condiciones del mercado. En el caso de los bienes y servicios del habitar, la desmercantilización -que es constitutiva del estado de bienestar keynesiano- no obstante facilita la expansión del sistema de la propiedad privada y las relaciones mercantiles. Por ello, el derecho a la vivienda, dadas las formas que asume el proceso de asignación social del bien producido por el sistema de provisión habitacional (estatal centralizado) constituye un derecho relativamente restringido. Pues se accede a un solo producto: la "vivienda social", no a un conjunto de los bienes y servicios habitacionales disponibles en el mercado. Por ello también se ha denominado como "capital desvalorizado" del Estado 2 Contemporáneas a varias de las grandes huelgas de inquilinos de las ciudades Latinoamericanas (Buenos Aires 1907. Santiago México) 3 El 'existenminimun" (el espacio mínimo necesario para habitar) será correspondiente con las concepciones Tayloristas del espacio -en boga en las ideas urbanlsticas de dicho tiempo- y se conjugará con lo que se denomino el abordaje científico del problema de la vivienda, que será funcional a una política social aplicada al espacio. [3]
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