El derecho a la ciudad y la vivienda : Propuestas y desafíos de la realidad actual: XIII Encuentro ULACAV; V Jornada internacional de vivienda social

3. EL DEBATE ACTUAL SOBRE VIVIENDA SOCIAL La política del sector vivienda llevada a cabo durante el período considerado ha tenido como objetivo la reducción del déficit cuantitativo a través de proveer unidades nuevas. Sus esfuerzos fueron insuficientes para responder a los problemas habitacionales, en un contexto de rápida urbanización 1 9 , de aumento de la población y de la pobreza. Hoy es posible observar que los resultados obtenidos no fueron los esperados. Podemos precisar que, los conjuntos habitacionales, construidos a través de normativa estatal no han brindado respuesta satisfactoria, en ellos se observa la presencia de problemas de habitabilidad, condiciones de hacinamiento y precariedad. e inadecuado desempeños 20 . En nuestra ciudad se presentan como verdaderos enclaves urbanos, por las condiciones de pauperización y exclusión de la población del sistema productivo y la característica de fragmentación espacial a nivel urbano que han generado. Frente a esta situación ¿se puede considerar como vivienda deficitaria la que se considera precaria por sus condiciones físicas, de hacinamiento, ausencia de servicios y equipamientos, con problemas legales de tenencia, o aquella gue responde a un concepto más amplio y abarca el DERECHO A LA VIVIENDA 21 y posibilita la INCLUSIÓN SOCIAL? Esta concepción contempla un habitante con posibilidades reales de afrontar desde los gastos que surgen con la adquisición de la vivienda, hasta los emergentes por servicios y mantenimiento. El concepto de derecho a la vivienda implica no solo que sea digna sino también el acceso a los servicios, equipamientos, transporte, seguridad y recreación dentro de un marco de sustentabilidad. Esta definición nos presenta una composición de derechos, donde quebrantar uno arrastra otros derechos fundamentales. "Peligra el derecho a un empleo, que se toma difícil de asegurar y mantener, afecta el derecho a la salud, física y mental, dificulta el derecho a la educación, y menoscaba el derecho a la integridad física, a elegir residencia, a la privacidad o a la vida familial 2 . La existencia de interdependencia e interrelación de derechos, simultáneamente al crecimiento de las inequidades y exclusión social de gran parte de la población de la región y del país, ha generado la conveniencia de considerar este problema, ya sea a nivel nacional como internacional, no sólo como una necesidad, sino como auténtico "derecho exigible,:i 3 . Independientemente de la magnitud económica del aporte realizado por el estado durante el período considerado en el estudio, los Censos detectan un déficit habitacional que implica no sólo necesidad de viviendas nuevas, sino porcentajes considerables de vivienda deficitaria. La precariedad del hábitat de las familias que viven en las ciudades debe aplicarse como concepto a las deficiencias cualitativas del mismo, como problemas en la tenencia de la propiedad, hacinamiento, falta o acceso inadecuado a servicios seguros e infraestructura urbana, deficiencias en el desempeño de la vivienda. Parece apropiado entonces incorporar el concepto de precariedad desarrollado por Sepúlveda y Haramoto para quienes un asentamiento es precario cuando no provee alguna de las condiciones necesarias para el desarrollo de una buena calidad de vida de la población que en ellos habita. Es indudable que en el debate de la vivienda está incluida no solo la cuestión urbana, sino aquello que implica superar la idea exclusiva de la vivienda como producto e incorporar variables más complejas, propias del hábitat urbano. Frente a esta concepción parece ajustado tanto, el concepto teórico planteado por Yujnovsky24 cuando define la vivienda de interés social como "la configuración de servicios habitacionales que deben dar " Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Política y Estrategia Nacional de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (2004). El 66,9% de los habitantes del pais se concentra en solo el 28,9% de la superficie del territorio Argentino. 20 Desempeño: adecuación del edificio a las condiciones de uso. Norma ISO 6241 21 Sobre Argentina y el Derecho a la Vivienda en: Sebastián Tedeschi y Leticia Osorio. Informe Misión de Investigación, 2004. Centro de Derecho a la Vivienda y contra desalojos. (COHRE) 22 Tedeschi Sebastián. "De ahí que las expresiones derecho a la vivienda y, en un sentido más amplio, derechos habilacionales suelan usarse demanera indistinta e intercambiable". 23 Vid. Scott Leckie, From Housing Needs to Housing Rights: An Analysis of the Right lo Adequate Housing Under lnternational Righls Law, lnternalional lnstitule for Environment and Development Human Selllements Programme, London, 1992 " Yujnovsky, (1984) Claves Políticas del problema habitacional en Argentina - 1955/1981, Cap. 2. Grupo Editor Latinoamericano - GEL Buenos Aires. 5

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