La realidad médico-social chilena
- 34- Analizaremos para mayor claridad la situación de los a~alariados ante la ley, cor.siderando las tres categorías de éstos que tienen un ré- gimen diferente en nuestro país. a) Servidore.s públicos. b) Empleados. c) Obreros. Servidores públicos Estos se rigen por las disposiciones de la Ley de Presupuestos y por el Estatuto Administrativo . Existe:v, situaciones realmente injustas: maestros primarios, individuos de tropa de las Fuerzas Armadas, emplP-a- dos de Beneficencia y otros de los grados más bajos de la Administra- ción . Es indispensable establecer la asignación familiar. El Estado debe asegurar a sus servidores remuneraciones vitales que alcancen también a sus familias . (Proyecto en tramitación en el Congreso) . Empleados particulares La Ley 6020 vino a mejorar en parte la situación desmedrada en que se halÍaban muchos de los empleados. Esta Ley creó corrosiones encargadas de fijar sueldos mínimos y contempló el pago de la asig- nación familiar. Según eNa, ningún empleado puede recibir una remu- neración inferior al sueldo vital, o sea el neces~rio para satisfacer sus necesidades fundamentales de alimento, vestido, alojamiento y la que re- quiere para su integral subsistencia. Se ha establecido así en nuestro país, un criterio algo más amplio para el pago del salario mi- nimo. Se contempla una asignación familiar, en forma de subsidio que tiene la característica de responder al principio de remuneración de acuerdo a las necesidades, ya que se paga por carga de familia inde- pendiente del sueldo del empleado, o sea, su capacidad. El cálculo del sueldo vital se realiza en función de ,fa alimentación de acuerdo a tres escalas distintas tomando en cuenta las diferentes re- giones del país e industrias a que pertenecen los empleados . Para el año 1939, éste fluctúa entre la suma de $ 528. 22, que es el más elevado y que debe pagarse en el Departamento de Chaña'ral, provincia de Atacama; con el de $ 300 en el Departamento de Ancud, en Chiloé. El de Santiago es de $ 445. -. La a,signación familiar para el mismo año es de $ 30. 00 por carga de familia. Se han formulado críticas respecto a la cuantía de este sueldo vital y de las asignaciones familiares. Es indiscutible que para algunos em- pleados con cargas de familia las remuneraciones acordadas por la Ley resultan muy reducidas . · 1 11 -
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