La realidad médico-social chilena

-206- Es necesario también hacer presente, que el costo del plan de habita- <:iones de emergencia, no gravitaría enteramente sobre el Estado. Diver- sas instituciones podrían: cooperar en el campo financiero. Los terrenos podrían ser arrendados a reparticiones fiscales, semifiscales y munici- pale:s. Por otra parte, la duración de estas casas de emergencia es sufi- ciente para garantizar-aún cobrando un arriendo mensual de $ 80. - - el interés de los capitales invertidos y una parte de la amortización, la cual debe quedar en casi toda su tot:alidad recargada a la ejecución del plan definitivo. D.-POLITICA DE ARRENDAMIENTOS El concepto de función social que desempeña la propiedad, consa- grado por la prQpia Constítución Política del Estado, nos lleva a la ló- gica conclusión de que los capitales invertidos· en viviendas, no pueden aspirar a obtener un lucro exageraao. Esta misma razón es la que nos obliga a propiciar una política de severo control por el Estado en lo que ~e refiere a arrendamiento. POLITICA DE ·EMERGENCIA .-ACCION COORDINADA Las ideas generales que hemos "esbozado" relativas a la solución <le los candentes problemas de salarios, alimentación y vivienda, las hemos concebido en la convicción de que nos encontramos-eomo lo hemos ex- presado-en un caso de emergencia, que debe ser abordado con la mis-- ma prontitud, la misma decisión y el mismo interes, con que otros países lo han hecho al sobrevenir la guerra, o como nuestro Gobierno enfrentó -en las primeras horas la catástrofe de las provincias del Sur, en Enero último. El número de vidas que se pierde anualmente a causa de estas desastrozas condiciones de vida que hemos mencionado y la sensible dis- minución de la capacidad de trabajo del resto, debido a iguales causas, nos obligarían por si solas-dentro de un criterio netamente económico- ª iniciar de inmediato esta política de emergencia, de guerra. Nuestro sentido de la Justicia y de la Solidaridad Social nos hace más imperativa aún esta obligación. Pero, insistimos una vez más, que esta politica sólo puede realizarse a traves de una acc:ón•coordinada dJ los organismos es- tatales, por medio de Junta Económica del Gobierno. La inter-relación, la interdependencia qu~ tienen los problemas que corresponde resolver dec;de distintas secretarías de Estado, lógicamente llevan a esta conclusión. La complejidad de las tareas de GobiNno impone, &in duda, en la práctica, la división del trabajo, pero al mismo tiempo esta división no puede excluir la unidad de acción total-bajo la dirección auperior del Jefe del Estado-que lleve a soluciones planificadas de cóft· junte. 1 11 -

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