La realidad médico-social chilena

-179 - LEY DE MEDICINA PREVENTIVA Hemos expresado ya en el curso de este trabajo que la salud de- pende directamente de los factores económico-sociales, del medio am- biente. Su equilibrio se mantiene mediante la armónica relación de tres fac- ·tores: A. -Un est ado económico individual, suficiente para el desarrollo biológico normal. B .-,-Buen estado sanitario ambiental. 3.- Existencia de los medios técnicos necesarios para la conserva- ción de la salud o su reintegración, una vez perdida. La Ley 6174 de Medicina Preventiva - y que tiene por objeto des- cubrir precozmente algunas enfermedades crónicas, cuando todavía hay posibilidades de curación - debe ser considerada co:mp un buen medio ·técnico de lucha, aunque con las limitaciones que más adelante analiza- remos. En efecto, esta Ley introduce algunos principios fundamentales que deben estar en la b~e de toda acción médica organizada: a) El examen sistemático de salud, obligatorio y periódico que per- mite descubrir en el individuo en apariencia sano, el comienzo de una en- _fermedad inaparente o ignorada por su portador. El tratamiento precoz da al individuo enfermo grandes posibilida- ·des de recuperación, tanto mayores cuanto más temprano ha sido el des- cubrimiento de la afección. La econorrúa nacional resulta beneficiada con el trabajo que el recuperado aporta, con la disminución de la carga que significan los invalidados para la producción activa; y el tratamiento ·precoz hace que los gastos que él demanda sean necesariamente menores. Por otra parte, el examen de salud sistemático permite ir estable- · -ciendo la realidad estadística chilena, hecho de gran valor actual y fu- "turo. b) . La Ley 6174 introduce en: nuestra legislación del trabajo algu- nos conceptos nuevos. Concede el salario íntegro por tiempo indefini- do al obrero o empleado que se acoja a sus beneficios, siempre que ofrez- ca posibilidades de recuperación. . El derecho de gozar de es~os beneficios se ha.ce irrenunciable por determinación de la ley, con el objeto de proteger al afectado de las pre- siones patronales para eludir ims obligaciones. Los subsidios, que de acuerdo con la Ley 4054 cubren el riesgo de -enfermedad, son ínfimos, según lo semos expuesto en el capítulo respec- tivo y sólo se otorgan por 26 semanas prorrogables por gracia. El empleado ahora es auxiliado durante 4 meses pero también en la escala decreciente ya indicada anteriormente. En el Código del Trabajo, el obrero no tiene ninguna protección en ,cuanto a la conservación de su puesto ,si la enfermedad lo obliga a aban- 1 11 -

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