La realidad médico-social chilena
- 164 - que impone el empleador y 6% que impone el empleado. Además hay um fondo de asignación familiar en el cual imponen el 2% el empleado y otra s uma igual el empleador ; y un fondo de Medicina Preventiva formad<> por un 1 % que impone el patrón. Beneficios que otorga Como se ha expresado, esta institución es tan sólo una Caja. de· Ahorro individual y únicamente acumula fondos de retiro del empleado- y le concede préstamos de auxilio y de edificación . Sin embargo, la situación de los Empleados se ve mejorada por la dictación de disposiciones como la Ley de Medicina Preventiva y las dis- posiciones del Código del Trabajo, de la Ley N.o 6020 ya referida . A la luz de estas imposiciones analizaremos los beneficios que actual- mente reciben los Empleados Particulares, insistiendo en que éllos no- son otorgados por la Caja de Previsión, tal cual está estructurada . a) Seguro de enfermedad.-La Caja no lo proporciona, pero la Ley de Medicina Preventiva establece el examen gratuito de salud y el sub- sidio de reposo equivalente al sueldo íntegro, para los casos de enfermos en élla contemplados. El Código del Trabajo, además, obliga al patrón a proporcionar sub- sidios equivalentes al 100% de] sueldo el primer mes; 50% el segundo, y 25% el 3.er y 4.o mes de enfermedad del empleado. También en caso de enfermedad puede el empleado obtener hasta el 50% de su fondo de r e- tiro. b ) Seguro de invalidez.-Sólo se concede el reintegro de los fondos. de retiro . c) Seguro de vejez.-En la actualidad al cumplir el imponente 30 años de servicios ó 50 de edad, puede solicitar el reintegro total de sus. fondos de retiro y de los de indemnización por años de servicios . d) Seguro de muerte.- La familia recibe los fondos señalados en; la letra anterior. e) Cuota mortuoria.-Se concede un mes de sueldos para gastos. de funerales . Deficiencias en las prestaciones a) Seguro de enfermedad.-Como se ha expresado, no Jo propor- ciona la Caja. Es de toda conveniencia la implantación de un seguro de- enfermedad integral, que proporcione al empleado y a sus familias aten- ciones nredicas y farmacéuticas, y complementar los subsidios vroporcio- nados. por los patrones de acu~rdo co~. el Código del Trabajo . b) Seguro de invalidez.-Com.o se ha dicho, sóló éleiste en forma. de devolución de imposiciones, lo cual es anticientífico, por cuanto el in- válido queda totalmente desamparado, si tiene pocos años de servicios. 1 11 -
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