Del biombo a la cátedra: igualdad de oportunidades de género en la Universidad de Chile

Del Biombo a la Cátedra. Igualdad de Oportunidades de Género en la Universidad de Chile 162 una comisión integrada por representantes de los tres estamentos, de la Comisión de Igualdad y sería coordinada por la Oficina de Igualdad de género. Entre las políticas que debiera considerar este plan se encuentran las orientadas a abor- dar la segregación de las carreras por sexo, incentivando la matrícula femenina en ca- rreras masculinizadas y viceversa, con el objetivo de lograr un equilibrio de género. La experiencia que iniciará la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas (Programa de Equidad de Género) constituye, sin duda, una iniciativa digna de replicar en las Faculta- des en las que se concentra uno u otro sexo. En este mismo sentido, se requiere plantear una política de atracción e incorporación de mujeres académicas en áreas masculinizadas, así como velar por lograr un equili- brio de género en las contrataciones de nuevos académicos que supere las diferencias existentes hoy en día. Por último, el plan en cuestión debiera también considerar políticas de generación y difusión de conocimiento en materias de género y de inclusión de contenidos de gé- nero en las mallas curriculares y en las políticas de extensión universitaria, entre otras. Aplicación del Código de Buenas Prácticas Laborales con Equidad de Género en las políticas de recursos humanos El Código de Buenas Prácticas, promulgado el año 2006, es un instrumento normati- vo orientado a garantizar la igualdad y no discriminación en el empleo. Sus objetivos específicos son: ü Reafirmar la voluntad del Estado, en su rol de empleador, de impulsar políti- cas y medidas contra la discriminación que tiendan a promover la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo en el sector público. ü Generar y/o garantizar condiciones que promuevan la igualdad de oportuni- dades en los órganos de la Administración del Estado, asegurando la vigencia del principio de no discriminación y, en especial, el de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo relativo al acceso al empleo, la retribución, la promo- ción, la formación profesional y las condiciones de trabajo. ü Fomentar y favorecer el desarrollo de políticas de recursos humanos en los ór- ganos de la Administración Central del Estado, destinadas fundamentalmente a prevenir y erradicar discriminaciones, directas e indirectas. ü Fomentar el desarrollo o aplicación de medidas que permitan a hombres y mu- jeres conciliar las responsabilidades laborales y las obligaciones familiares. ü Propender hacia el mejoramiento de la calidad de vida” 2 2 Código de Buenas Prácticas Laborales sobre no discriminación para la administración central del Estado. Santia- go, 2006.

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