Memoria histórica sobre la revolución de Chile : desde el cautiverio de Fernando VII, hasta 1814

DB LA BEVOLUCIOk DB ·cBILB. 57 mismo Talavera para que al mismo tiempo lo firmase y suscribiese las de la primera; y por ser tan noble y digno de memoria lo traslado a la letra. PROTESTA A "LA REAL AUDIENCIA. J!· l. S. P. y Real Audiencia. El honrado y noble 1Jecírulario &c. Este segundo escrito tuvo el mismo ·fin que el anterior por los motivos ya insinuados. · El dia 11 se presentó el Cabildo en casa del jefe y se hizo presente la necesidad de tomar medidas prontas para pacificar el pueblo, discorde y sumamente alterado; y pata este fin requiriQ que Íllese luego convocada la Real Audiencia y Comandantes militares para que todos acordes dis­ curriesen los mejores medios al intento. Reunidos ya los dichos cuerpos se dió principio a la descripcion, y el alcaldeD. AgustínEizaguirre propuso como arbitrio. mas oportuno para conciliar la diferencia de opiniones populares y pacificar al público, la creacion de una junta gubernativa: siguió y corroboró est,e dictámen D. Fernando Errázuris esplicándose con demasiado acaloramiento; y añadió que respecto de ser una de las causas principales del disgusto jeneral, la provision y nombramiento para Capitan jeneral de este Reino del señor D. Francisco Javier de Elio, y para su Asesor D. Antonio Garfias debia negarse la aceptacion y recibimiento de ambos; de este mismo parecer fueron los demas Cabil­ dantes, y el Procurador con algunas pequeñas variaciones, a escepcion de los dos rejidores D. José Joaquin Rodriguez y D. Pedro Gonzalez Alamos, que todo lo propuesto desaprobaron. El señor Rejienté tomó la voz luego, y empezó a desvaneper todas las aparentes razones de los Cabildantes estableciendo como sólido principio _que estando reconocido y jurado el supremo Consejo de Rejencia como sustituto representativo de la sob!:!ranía de Fernando VII y .por consi­ guiente las leyes en uso y observancia bajo el Gobierno establecido por ellas, no residían aquí facultades para alterarlas con un nuevo Gobierno desconocido; y ménos podia negarse el obedecimiento y cúmplase a los des­ pachos de los dos sujetos agraciados Elio y Garfias. Los demas señores de la Real Audiencia siguieron comprobando con muchas esplicaciones , le·yes y razones, la sentencia del Rejente: con cuya plena conviucencia quedó persuadido el presidente y mudos los Cabildantes, y en esta virtud se resolvió : Que para dar fin a todas las discordias y temores en que se ·hallaba la ciudad con espe ctactiva de tantas novedades , se ordenase y publicase un bando , espresandQ y asegurando al pueblo, que no se baria la menor alteracion y novedad en elGobierno actual, y que todo seguiría en el método y estilo establecido y especificado ; que no se ins­ talaría la temida y decantada Junta, sin que nadie en lo sucesivo fuese osado a tratar ni discurrir sobre este sistema.El señor oidorD. José San- • tiago Concha, fué el encargado de estender y organizar el acuerdo como lo verificó en la misma noche, y despues de firmado por los individuos de la reat Audiencia , se remitió al Gobernador para el mismo e(ecto; pero este ni lo quiso firmar y ménos publicar como verémos a su tiempo. . 8

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