Memoria histórica sobre la revolución de Chile : desde el cautiverio de Fernando VII, hasta 1814

DI U· N'fOLl:C:10�,D· anLE. 86,0 xornbilidad de ese gobierno que fo,ne �ri tral)quilidad y huen órden a todo el pueblo , forma la rabiosa desesperacion de esos rebeldes. Desde el orl­ jen de su nuevo sistema solo desvela a los tumultuarios no haber entrado en sus ' ideas el Ueino del Perú. Los triunfos y rapidos progresos del ejér­ cito 111 mando del Sr. Goyencche, causan en ellos el mayor despecho y mas que todo el silencio y sumo secreto con que se meditan por V. E. las providencia s relativas. Por estos principios ha tomado este Gobierno el arbit , rio de remitir a esa capital y de1n..1s provincias vecinas una p�rsona como espia secreta pan, que desde allí administre los ausilios e instruccio­ nes que se necesiten. La comision se ha conferido a D. Joaquín Larrain y a uno <le los Vocales de la Junta que por cálculos de buena inferencia ju1,go sea D. Juan Mackena, sobrino político del primero, Acompaña a V. E. copia <le la acta del Congreso que se espidró en la materia; y viva V. E. seguro do que en est� propio buque va el sujeto que se ha elejido para la coruision (lo que no me ho sido acequible pesquisarlo); o que en esta mis­ ma ocasiou va el encargo a alguno de los que residen en esa capital decla­ radamente adicto al sisterrrn. No hai medio y V. E. dígnese persuadirse de esta verdad. = Las reglas que debe guardar el espía y que contiene su ins­ lruccion privada son las siguientes: 1. ª Ganur I<\ confianza de alguna per­ sona que esté a la inmediacion de V.E. para que le trnsmita sus ideas v proyectos, principalmente por lo que hace a este Re . ino : 2.ª G.anar poi­ rohecho de cualquier dinero a algun oficial de la secretaría. de\!_R. para que le { > ase las n . oticias y, si posible es, dé � opia de las. pl' � videncia � q ue. V. E. dictare o pi e n s e �ornai· contra este Gobierno: 3.ª Avise las. opm10- nes per�onales d e los jefes militares , de los títulos y hombres de rango­ para combinar de si será o no factible la instalacion de la Junta en esa y, porque arbitrios que es lo que mas le interesa, como que de otro modo no. se hallan seguros: i.ª que la correspondencia la deba dirijir bajo de pre­ cauciones.Yo entiendo que sea dentru de encomiendasrotuladas a D. Fran-. cisco Prast Administrador que es hoi. de esta renta de correos, secta­ rio el mas inexorable. Por lo mismo &erá hien que las piezas que se dirijal\ a consignacion de éste o de sus dos hijos D. Pedro y D. Martín Prast se re, jislren en esa o cualesquiera encomienda p r e v ini e ndo por órdenes secretas. anticipadas al Administrador de rentas derechos para otorgar el rejistro. J>odia suceder tambien que dichas consignaciones o rótulos de encomien.... das se dirijan a D. Francisco de la Lastra, Gobernador ele Valparaiso, !1 }). Juan Agustin Bayne1·, a D. Gregorio Varela. a O. Vicente Larriva o a J). Remijio Blanco, comerciantes ele dicho puerto y que son �escarados partidm·ios del sistema.-Será tambien un medio oportuno sorprender una que otra vez la conespondencia de este Reino principalmente la de los primeros Luques y por el contesto de las cartas significativas de alguna encomienda reservada u otro lenguaje disimulado podrá inferirse, donde y a quien vengan las cartas relaliv.;1s a este negocio.-Yo qu e do a la mira de investigar ciertamente el sujeto comisionado, y el modo d e es pr e sa rl o será · escribiendo una carla a mi apoderado D. Andrés Sanchez d e Quirós en los iérminos que va la copia y el sujeto que en ella nombrare por una ca­ tlencia indiferente se ve seguramente es el encargado, c u y a · correspon­ dencia deberá suspendcr:;e incontinenti y V. E. tomar las ciernas provi-

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