Memoria histórica sobre la revolución de Chile : desde el cautiverio de Fernando VII, hasta 1814
· •••o•u &ISTÓalt.l i � ual forma, a In del segundo y dcmas, y despues do todos se hará la el'ec c,on clc los suplientes. = Concluidas las elecciones se dirijirá el concurso a la Iglesia Catedral o Matriz, donde se cantará un Te Dettm: el D i pu ta do o Hipntaclos electos marcharán entre las dos primeras personas quen a y an prccidido en la clcccion : por la tarde se tendrán las diversiones y fiestas que se ,,custuMhrnn en el pa1 , y en la noche se iluminarán las calles. = Se· estcnderá la riela de las elecciones en la forma ordinaria· y la formarán el Cahiltlu y lus electores: el Cabildo remitirá un testimonio auténtico a la Jonia Provisi•Jn;il tic G,.ibicrn,J, otro igual les dará a los sujetos • !eji d os y el orijin:il se guardará cnd archiv o . = D c ,ude ya se haile elejido el Diputado p or el pueblo ¡.,ara el Congreso en la forma susl:incial prevenirlo en esta 10strucci,m, se ,•mitit'á la cleccion y se hará la riel su¡,licnte y la del ma yor númern 'lull �e deba ckjir: pero se hará nueva clecci,m en las ciudades y villas on '}Ue !-•)In la hicierc•a los Cabildos. = L"s Diputados clootos s e · hallarán en esta ciudad el dia quince de :ibril riel año pr,•ximo de mil ocho cientos flnce, y se principiarán );is sesi,mcs el clia p rimer,, rle mayo. Cada uno traerá c,msign testim,rni1.1 auténüco de su nonabramicnt,, que presen tará a la Junta y ademas un poder jcncral dd Cahild,l y electores, en que haoiéndose rel:icion de su cleccion y p rovidencias , ¡ue la han niotiv,1d1>, se le confiera con lihre y jeneral :1dn1in1slraciun para dl':-empc·ñ�r las ;iugus tas funciones de su numbramicot,1, y para rcs1Jhcr y ac.irJar S•Jbre todo lo que se proponga en el C11nbrcsn , uhligánJ.o:-e pvr sí y a nnmure de to <los los vecinos a tc11cr p•>r v:\.li,l,l, ol,edccer i cumplir In •1uc cnu los de mas Piputad,,s hicieren y rcs..Jviercn. =Sál¡uense pr,n:tamente )1,s ·corres pondientl'S teslimupios y remítanse en prin1era nportuniclad a lus Sub<lele gados y Cahilrlns que len !$ ªº v a1te en su cumplimiento, co1n encargo t¡ue procedan a verificar las cleccl(lnes r.on la ruayur anticipaci11n posible.= Santiago y ,liciembrc 15 ele 181 O. =El conde d" la Conquista. =Fernan- 110 Marr¡uez de la l'lata. =Dr. Juan Martinez tic llosas. = Ignacio ele Ca rrera.=Francisco Javier de R e ina . = Juan Enrique Uosalcs. =Dr. José Gregorio de ArgomedJ. :.=Secrctarw. =Agustín Diaz escribano de Go bierno. Concuerda con su orijinal de que certifico. Santiago y diciembre 18 de 4840. =Agustín Diaz escribano de G1Jhieroo. DUENOS-AIRES D1c11111naa 3t. Al otro dirijido contra los tres. a g raciados es a la letra en estos términos. Excmo. Sr. =Se ha recibido el nficill de V.'E, de 10 del c<>rriente, di rijido a que se impida por parte do este Gohicrnll el transito a ese Reino a D. José Acevedo, al !>aron de Juras Reales y al Dr. n. Antonio Garfias, provistos por la península para la plaza de Oidor el primero, el se¡;undo para la fiscalía y el tercero para la Asesoria Jpncral; y en su consecuen cia quedan circuladas las órdí!nes correspondientes para que no se les�mita salir de esta jurisdiccion; y la Junta tiene la satisfaccion de manifes tar a V. E. que, ántes de recibir su citado oficio ya babia ordenado la de-
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