Políticas públicas de verdad y memoria en 7 países de América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay

96 dictadura 230 , sin embargo se trata de la primera iniciativa que busca abordar la cuestión desde un punto de vista más integral, contemplando, en el ámbito de nuestra investigación, medidas de reparación simbólica “con el fin e restablecer la dignidad de las víctimas y establecer la responsabilidad del mismo. Las mismas tenderán a honrar la memoria histórica de las víctimas del terrorismo y del uso ilegítimo del poder del Estado”, en particular, a través de tres tipos de medidas: 1) colocación de placas recordatorias en lugares en donde se hayan producido violaciones a los derechos humanos, 2) definir el destino de memorial para aquellos edificios o instalaciones que recuerden esas violaciones y 3) celebración de fechas conmemorativas. Finalmente, en cuanto a las fechas significativas se registró una política, el “Día del Nunca Más” establecido por decreto presidencial en el año 2006, en que se estableció el 19 de junio –natalicio de José Artigas, prócer uruguayo- como fecha conmemorativa “de que nunca más deberán ocurrir estos episodios entre uruguayos” 231 . Esta medida dio lugar a distintas críticas e interpretaciones en la sociedad uruguaya, en tanto fue vista por parte de las organizaciones de derechos humanos como una reivindicación por parte de las autoridades de la “teoría de los dos demonios” –idea según la cuál sería posible equiparar la violencia estatal a aquella de la guerrilla- mientras que por parte de los sectores de derecha se reclamaba mayor condena de la guerrilla en este “nunca más” 232 . Esta clase de polémicas ilustran la existencia de conflictos que persisten, ligados a la memoria del periodo de la dictadura en el Uruguay de hoy, y al rol del Estado en dicho proceso. Las complejidades del proceso y las distintas posiciones de la sociedad uruguaya en la materia se ilustran, por ejemplo, en la esfera de la justicia, en la búsqueda por invalidar la Ley de Caducidad. En el año 2009 si bien la Suprema Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de gran parte de dicha normativa, solo 6 días después la mayoría de la ciudadanía se pronunció en un plebiscito en contra de su anulación. Representantes del partido de gobierno -el Frente Amplio- replicaron presentando un proyecto de ley interpretativa para declarar su ilegitimidad, que se encuentra bajo estudio en el Senado 233 . Si a esto se suma la expectativa que existe respecto de cuál será la posición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el tratamiento de esta disposición de 230 Ver por ejemplo Ley Nº 15.783 de 1985, Ley Nº 17.449 de 2002, Ley Nº 17.949 de 2006 y Ley 18.033 de 2006. 231 Resolución 832/006 de la Presidencia de la República, ver Ficha Nº 24 “Día del Nunca Más - Mantenimiento de la Secretaría de Seguimiento de la COMPAZ”. 232 ERRANDONEA, Jorge. “Justicia Transicional en Uruguay”, Ob.Cit., Pág. 60. 233 Ver Nota Nº 212

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