Políticas públicas de verdad y memoria en 7 países de América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay

95 publicar en 2006 226 , en la cuál por un convenio celebrado entre la Presidencia y la Universidad de la República se encarga una investigación sobre el período de la dictadura, además de ordenar la realización de Informes por parte de las Fuerzas Armadas para ampliar las averiguaciones de la COMPAZ en relación al destino de los desaparecidos. En el año 2005, se incluye en el programa de historia de 3er año de enseñanza secundaria, estudios sobre la dictadura y las violaciones a los derechos humanos. De acuerdo a la información consultada en la página Web del Ministerio de Educación, no es claro que estos temas se hayan tratado de este modo antes de esta fecha 227 . Respecto de la gestión de documentación y archivos se consigna una única política correspondiente al Archivo Nacional de la Memoria (ANM) 228 , creado por ley en el 2008, con la atribución de reunir la documentación relativa a las violaciones a los derechos humanos de la dictadura, asegurar el acceso a la información pública sobre dicha información, y requerir, consultar e investigar el archivo de cualquier organismo público para el objeto de recabar información de interés del ANM. Por su parte, los reconocimientos públicos fueron las políticas más numerosas en esta investigación, concentrando 18 de 32 políticas, la mayoría corresponden a placas, monolitos o estelas que recuerdan el nombre de una víctima determinada (Julio Spósito, León Gualberto Duarte, Juan Manuel Brieba, Héctor Grauert, Miguel Mato, Vicente Muniz Arroyo, José Germán Araújo, Héctor Gutiérrez Ruiz, Zelmar Michelini, Rosario Pietraroia, Elena Quinteros, León Duarte, Juan de Soza Reilly); o un conjunto de víctimas de un lugar determinado (desaparecidos en la Casona Cooperativa de Vivienda, obreros de Decano S.A.), o un evento específico (Marcha de los Estudiantes, llegada de los niños hijos de exiliados). Todas estas iniciativas corresponden al Departamento de Montevideo. Solamente una política de esta categoría corresponde al nivel nacional, y se refiere a la medida contemplada en la Ley de reparaciones Nº 18.596 de 2009 que corresponde al reconocimiento por parte del Poder Legislativo de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura y en los años anteriores (desde 1968 a 1973) 229 . Esta ley del año 2009 no es la primera que busca otorgar reparaciones a las víctimas de la 226 Ver Uruguay - Ficha Nº 22 “Investigación Histórica “Detenidos-Desaparecidos” y Ficha Nº 24 “Día del Nunca Más – Mantenimiento de la Secretaría de Seguimiento de la COMPAZ”. 227 Ver Uruguay - Ficha Nº 23 “Programa de historia tercer año ciclo básico”. 228 Ver Uruguay - Ficha Nº 32 “Archivo Nacional de la Memoria”. 229 Ver Uruguay - Ficha Nº 33 “Ley de Reparaciones: actuación ilegítima del Estado entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985 – Reconocimiento y Reparación a las víctimas”.

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