Políticas públicas de verdad y memoria en 7 países de América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay

93 objeto de esclarecer el destino de los desaparecidos: la Comisión Investigadora Parlamentaria sobre Situación de Personas Desaparecidas y Hechos que la Motivaron; la Comisión Investigadora sobre el Secuestro y Asesinato perpetrados contra los ex legisladores Héctor Gutiérrez Ruiz y Zelmar Michelini; y la Comisión Investigadora relacionada con la actuación del Dr. Juan Carlos Blanco al frente del Ministerio de Relaciones Exteriores en el caso de la Sra. Elena Quinteros –todas comisiones parlamentarias de 1985 y 1990-; y particularmente la Comisión para la Paz (COMPAZ) del año 2000 creada por el Ejecutivo. Las comisiones parlamentarias emitieron informes que, con excepción del caso de la Comisión sobre Elena Quinteros, fueron remitidos a los tribunales de justicia con el objeto de proseguir la investigación sobre estas causas. Sin embargo, en todos los casos se terminó con el archivo de las investigaciones por aplicación de la Ley de Caducidad 217 . Por su parte, la COMPAZ, cuyo objetivo fue inicialmente “consolidar la pacificación nacional y sellar para siempre la paz entre los uruguayos” 218 fue la que contó con un mandato más claro y más atribuciones, aunque suscitó numerosas críticas por parte de distintos sectores de la sociedad uruguaya. Su labor como “comisión de la verdad” se limitó a estudiar el caso de los desaparecidos y no todas las violaciones a los derechos humanos cometidas en dictadura. Por otro lado, se ha calificado la actitud de esta Comisión como “pasiva, de recolección y clasificación más que de búsqueda activa, como es el caso en otras comisiones de la verdad", y lo que es más grave, muchas de las conclusiones finales de la Comisión resultaron finalmente ser falsas 219 . A pesar de ello, “uno de los aportes fundamentales de la COMPAZ es el de haber contribuido de manera decisiva a desmarginalizar la temática de los derechos humanos en general, y lejos de haber sellado el tema de las violaciones pasadas a los derechos humanos –como lo pretendía el presidente de entonces, Jorge Batlle–, permitió que se instalará sin mayores problemas en la agenda política y mediática” 220 . Esto se condice con lo registrado en este estudio, en donde a partir del año 2000 se comienza a registrar la 217 DESTOUET, Oscar. “La Lucha por la Verdad y la Justicia en Uruguay”, en Seminario regional: Memoria, Verdad y Justicia de Nuestro Pasado Reciente . MERCOSUR – Ministerio de Educación y Cultura del Uruguay: Montevideo, 2005, Págs. 171-172. 218 Resolución 858/2000 de la Presidencia de la República del Uruguay, en http://www.presidencia.gub.uy/noticias/archivo/2000/agosto/2000080912.htm [en línea: última consulta 22 diciembre 2010]. 219 ERRANDONEA, Jorge. “Justicia Transicional en Uruguay”. Revista del IIDH, Nº 47. San José de Costa Rica: 2008. En: http://www.iidh.ed.cr/BibliotecaWeb/Varios/Documentos/BD_1013860968/RevistaIIDH47.pdf , [En línea: última consulta 20 de diciembre 2010], Págs. 42 y 45. 220 ERRANDONEA, Jorge. “Justicia Transicional en Uruguay”, Ob.Cit., Pág. 45.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=