Políticas públicas de verdad y memoria en 7 países de América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay
91 En cuanto a la cantidad de políticas que se han registrado, se identificaron 33 iniciativas relacionadas con la verdad y la memoria sobre el período. Respecto de los años en que fueron adoptadas las políticas, 3 de las medidas registradas datan del inicio de la transición. Las primeras dos políticas se refieren a dos comisiones investigadoras parlamentarias sobre desapariciones forzadas –la primera sobre las desapariciones en general, y la segunda que buscó investigar el caso particular del secuestro y asesinato de dos parlamentarios exiliados en Argentina 211 . La tercera medida, del año 1986, se refiere a la controversial adopción de la Ley 15.848 de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado. Esta ley que permite no investigar los delitos cometidos por funcionarios militares y policiales durante la dictadura (cuya validez se ha discutido en instancias judiciales así como en dos referendos populares en los años 1989 y 2009 respectivamente 212 , y que hoy en día se encuentra bajo el escrutinio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de desaparición forzada Gelman vs. Uruguay 213 ) ha dado lugar a distintas políticas en materia de conocimiento de la verdad sobre el paradero de los desaparecidos, entre ellos la Comisión para la Paz (COMPAZ) y la Investigación Histórica “Detenidos-Desaparecidos” 214 . 211 Ver Uruguay - Ficha Nº 1 “Comisión Investigadora Parlamentaria sobre Situación de Personas Desaparecidas y Hechos que la Motivaron” y Ficha Nº 2 “Comisión Investigadora sobre el Secuestro y Asesinato perpetrados contra los ex legisladores Héctor Gutiérrez Ruiz y Zelmar Michelini”. 212 En 1988 el La Suprema Corte de Justicia conoció de un recurso de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Caducidad, rechazando dicho recurso y reafirmando la validez de la ley. Ver sentencia de 2 de mayo de 1988 en: http://www.democraciacdh.uchile.cl/media/archivos/pdf/20101222121603.pdf, [En línea: última consulta 22 de diciembre 2010]. El 19 de octubre de 2009 la Corte se volvió a pronunciar sobre la cuestión, declarando en este caso la inconstitucionalidad de distintas disposiciones de la Ley 15.848. Ver el texto de la sentencia en http://www.democraciacdh.uchile.cl/media/archivos/doc/20101222122627.doc, [en línea: última consulta 22 diciembre 2010]. Por otro lado, se han realizados dos plebiscitos con el objeto de derogar la Ley de Caducidad. El primer con fecha 16 de abril de 1989 y el segundo el 25 de octubre de 2009. Este último tuvo lugar 6 días después de que la Suprema Corte de Justicia declarara la inconstitucionalidad de la Ley. En ambos casos, fue derrotada la opción que buscaba cuestionar la validez de dicha ley. Ver resultados del Plebiscito de 2009 en la Corte Electoral de Uruguay en http://elecciones.corteelectoral.gub.uy/20091025/SSPMain.asp [en línea: última consulta 22 diciembre 2010]. Actualmente, está en trámite un proyecto de ley interpretativa que busca declarar ilegítimas algunas disposiciones de la Ley 15.848. Ver el proyecto de ley de 20 de octubre de 2010, Nº de Carpeta 395/010 en http://www.diputados.gub.uy/informacion/pl_47I/0096- C0395-10.htm [en línea: última consulta 22 diciembre 2010]. 213 Mientras editábamos este estudio, la Corte publicó la sentencia en dicho caso. Ver Corte IDH. Caso Gelman Vs. Uruguay. Fondo y Reparaciones. Sentencia de 24 de febrero de 2011 Serie C No. 222. 214 Ver Uruguay - Ficha Nº 7 “Comisión para la Paz (COMPAZ)” y Ficha Nº 22 “Investigación Histórica “Detenidos-Desaparecidos”.
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