Políticas públicas de verdad y memoria en 7 países de América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay
48 humanos, con el olvido de dicho periodo y con la impunidad, que es lo que ha primado en los tribunales de justicia 110 . El caso brasilero se ha caracterizado por la ausencia de juicios por violaciones a los derechos humanos 111 , por lo que el conocimiento de cómo operó la represión política ha sido abordado a través del derecho a la memoria y la verdad, más que a través de las instancias judiciales penales. A diferencia de otros casos como el peruano o argentino, en Brasil no ha existido una instancia que pueda ser considerada como una “comisión de verdad”, sino que el abordaje del pasado dictatorial se ha repartido entre distintas comisiones con mandatos diferenciados. Entre éstas destaca la Comissão Especial sobre Mortos e Desaparecidos Políticos (CEMDP) de 1995, y la Comissão de Anistia del Ministerio de Justicia de 2002. Existe además en el Programa Nacional de Derechos Humanos (PNDH-3) de 2009 el proyecto de crear una Comisión Nacional de la Verdad 112 . En cuanto a los pedidos públicos de perdón por parte de autoridades, éstos fueron realizados por los Consejeros de la Comisión de Amnistía de forma particularizada. En Brasil se ha entendido que la declaración formal de que una persona es “amnistiado político” (realizada por la Comisión de Amnistía) opera como una forma de pedido de perdón. “El derecho a la reparación se transformó en Brasil en un verdadero ‘derecho a la amnistía’, más específicamente, a un derecho del perseguido político de ser declarado oficialmente amnistiado político, reconociendo la legitimidad de su resistencia. Esta declaración de amnistiado es un gesto oficial y legal de pedidos de disculpa por el Estado 110 En particular, en 2010 el Supremo Tribunal Federal de Brasil reafirmó la constitucionalidad de la interpretación de la Ley de Amnistía que permite la absolución de los crímenes cometidos por los agentes de la dictadura. Ver sentencia del Supremo Tribunal Federal en la Acción de Incumplimiento de Precepto Fundamental No. 153 (Ação de Descumprimento de Preceito Fundamental 153), de 29 de abril de 2010, en http://www.stf.jus.br/arquivo/cms/noticiaNoticiaStf/anexo/ADPF153.pdf [en línea: última consulta 12 enero 2011]. 111 COMISSÃO ESPECIAL SOBRE MORTOS E DESAPARECIDOS POLÍTICOS. Direito à Memoria e à Verdade, Ob.Cit., Pág. 21. 112 Ver Brasil - Ficha Nº 4 “Reconhece como mortas pessoas desaparecidas em razão de participação, ou acusação de participação, em atividades políticas, no período de 2 de setembro de 1961 a 15 de agosto de 1979, e dá outras providências, y Dispõe sobre a Comissão Especial sobre Mortos e Desaparecido Políticos (CEMDP).”, Ficha Nº 7 “Comissão de Anistia do Ministério da Justiça”, y Ficha Nº 14 “Programa Nacional de Direitos Humanos - PNDH-3”. Sobre el rol de la Comisión Especial sobre Muertos y Desaparecidos Políticos y la Comisión de Amnistía consideradas como comisiones de la verdad, ver DE CAMPOS MELO, Carolina. “Justicia de Transición en Brasil: de Comisiones de Verdad a la Comisión de la Verdad”, Trabajo final en el marco del Diploma de Postítulo en Derechos Humanos y Procesos de Democratización 2010, Centro de Derechos Humanos (inédito), Pág. 16.
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