Políticas públicas de verdad y memoria en 7 países de América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay

47 P OLÍTICAS P ÚBLICAS SOBRE V ERDAD Y M EMORIA EN B RASIL , 1985-2009 Las políticas públicas de verdad y memoria de Brasil que se han registrado son las referidas a las violaciones de derechos humanos ocurridas durante la dictadura entre 1964 y 1985, y comprenden las políticas adoptadas desde la transición a la democracia en 1985 hasta diciembre de 2009. Un primer dato a tener en consideración al momento de estudiar el proceso de transición a la democracia en Brasil es la gravitación de la Ley de Amnistía de 1979 106 . Esta ley, que inicialmente nació a instancias de los movimientos opositores a la dictadura como la reivindicación de “amnistía para los presos políticos”, fue un primer paso en el proceso de apertura democrática en Brasil 107 . Pero la ley de amnistía fue adoptada con un texto ambiguo que incluía aquellos delitos “conexos con los políticos”, y fue finalmente interpretada por los tribunales de forma que, entre los delitos amnistiables, se incluían aquellos cometidos por funcionarios de la dictadura para reprimir a opositores políticos, incluyendo crímenes de lesa humanidad como la tortura, la desaparición forzada y las ejecuciones extrajudiciales 108 . Estas particularidades históricas han dado al término “amnistía” en Brasil un doble significado: por un lado, un significado político- emancipatorio, como “la idea reivindicada en las calles –como amnistía amplia, general e irrestricta a los presos políticos- y comprendida históricamente como [...] una bandera capaz de organizar la resistencia democrática, galvanizar el imaginario democrático y ganar un sentimiento de oposición al régimen” 109 . Por otro lado, al término también se le asoció con la falta de juzgamiento de los responsables por violaciones a los derechos 106 El artículo 1º de la Ley 6.683/79 d 22 de agosto de 1979, establece “É concedida anistia a todos quantos, no período compreendido entre 02 de setembro de 1961 e 15 de agosto de 1979, cometeram crimes políticos ou conexo com estes, crimes eleitorais, aos que tiveram seus direitos políticos suspensos e aos servidores da Administração Direta e Indireta, de fundações vinculadas ao poder público, aos Servidores dos Poderes Legislativo e Judiciário, aos Militares e aos dirigentes e representantes sindicais, punidos com fundamento em Atos Institucionais e Complementares (vetado) [...]”. 107 COMISSÃO ESPECIAL SOBRE MORTOS E DESAPARECIDOS POLÍTICOS. Direito à Memoria e à Verdade , Secretaria Especial dos Direitos Humanos da Presidência da República, 2007, p. 28. 108 PIOVESAN, Flavia. “Direito internacional dos direitos humanos e lei de anistia: o caso brasileiro”, en: Revista Anistia. Política e justiça de transição, Nº 2, Julho/Dezembro 2009, Pág.181. 109 ABRÃO, Paulo; CARLET, Flavia; FRANTZ, Daniela; MODEL, Kelen y FERNANDES, Vanda. “As Caravanas da Anistia: um mecanismo privilegiado da justiça de transiçao brasileira”, en: Revista Anistia. Política e justiça de transição, Nº 2, Julho/Dezembro 2009, Págs.116-117

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