Políticas públicas de verdad y memoria en 7 países de América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay
136 Antecedentes: Durante la dictadura, la ESMA funcionó como centro clandestino de detención, tortura y exterminio. Se estima que por el centro pasaron alrededor de 5000 personas durante su funcionamiento. Una particularidad del centro fue la maternidad clandestina que operó en su interior, y que otorgó asistencia a las detenidas embarazadas, a quienes luego del parto fueron se separó de sus hijos, quienes fueron apropiados por miembros de las fuerzas represivas. Normas relacionadas Decreto 8/98 : Durante la segunda presidencia de Carlos Menem, se ordenó la demolición del edificio donde funcionaba la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA), para la creación de un espacio verde de uso público que contendría un símbolo de unidad nacional. El repudio fue amplio por parte de la sociedad civil y de las organizaciones de derechos humanos, y se presentó una acción de amparo. El mismo año fue dejado sin efecto por el Juez Marinelli, por considerar al edificio como patrimonio cultural y de valor probatorio en los desarrollos judiciales. Finalmente, el decreto fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia, el año 2001. Ley 392 del año 2000: revoca la cesión efectuada al entonces Ministerio de Marina en relación al predio ubicado en Avenida del Libertador 8151/ 8209/8305/8401/8461, y destina los edificios donde funcionó la ESMA para la instalación del Museo de la Memoria. Decreto 835/003 : reglamenta a la Ley nº 961 del año 2002 que crea el IEM. Convenio 8/04: el 24 de marzo de 2004, entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Acuerdan que el predio donde funcionó el centro clandestino de detención será el “Espacio para la memoria y para la promoción y defensa de los derechos humanos” (EPMPPDH). El Estado se compromete también a concretar los trámites para la restitución del predio a la CABA. Finalmente, se acuerda la creación de una Comisión Bipartita entre las partes, para la supervisión de la desocupación y traspaso del predio, y para llegar a acuerdo sobre la delimitación física del EPMPPDH. Ley Nº 1.412 : la Legislatura de la CABA, en agosto del 2004, aprueba el Convenio nº8/04 citado en el párrafo anterior. Finalmente, el desalojo total del predio se concretó el 30 de septiembre de 2007. Convenio 20 de noviembre 2007: creó el Ente Público Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, el cual tendrá por objeto la promoción y defensa de los derechos humanos y la preservación de la memoria sobe el terrorismo de Estado como políticas públicas tendientes a evitar la repetición de crímenes de lesa humanidad y la impunidad en Argentina. El ente deberá definir y ejecutar las políticas de memoria en la ESMA y la refuncionalización de la totalidad del predio al cual se refiere el Convenio 8/04. El ente poseerá un Directorio integrado por los Organismos de Derechos Humanos; un Consejo Asesor integrado por ex detenidos-desaparecidos de la ESMA y representado también en el Directorio; y un órgano ejecutivo conformado por el Gobierno Nacional, representado por el Archivo Nacional de la Memoria; el de la Ciudad, representado por el Instituto Espacio para la Memoria; y un representante de los Organismos de Derechos Humanos elegido por el Directorio. Instituciones que participan Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Poder Ejecutivo Nacional Poder Ejecutivo de la CABA
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