Derechos humanos y mujeres: teoría y práctica
y recomendaciones, en el plazo de 90 días en el caso del Comité de Derechos Humanos 39 y de 6 meses en el del Comité CEDAW 40 . Por su parte, el Comité de Derechos Humanos designa a un relator especial para el seguimiento de las opiniones y recomendaciones, el que debe cerciorarse de que el Estado en cuestión haya adoptado las medidas para dar efecto al dictamen del Comité. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101.2 del Reglamento, “[e]l Relator Especial podrá tomar las medidas y establecer los contactos apropiados para el debido cumplimiento del mandato de seguimiento. El Relator Especial recomendará las medidas complementarias cuya adopción por el Comité sea necesaria”. En cambio, el Comité CEDAW puede designar ya sea a un relator o bien a un grupo de trabajo para verificar las medidas adoptadas por el Estado Parte, con el fin de poner en práctica las observaciones o recomendaciones del Comité. Al igual que en el Reglamento del Comité de Derechos Humanos, el artículo 73.5 del Reglamento del Comité CEDAW señala que “[e]l relator o grupo de trabajo podrán establecer los contactos y adoptar las medidas que consideren adecuadas para el desempeño de sus funciones, y formularán al Comité recomendaciones sobre la adopción de medidas que sean necesarias”. 1.2.3. Los Procedimientos Especiales Los procedimientos especiales son mecanismos extraconvencionales de protección y promoción de los derechos humanos, destinados a examinar, vigilar, asesorar e informar públicamente sobre la situación de los derechos humanos 41 , ya sea en una temática específica o bien en un país determinado, distinguiéndose así entre mandatos temáticos y mandatos por país . Estos mecanismos pueden estar conformados por una sola persona (experto independiente, relator especial) o bien, por un grupo de personas (grupo de trabajo). 42 Los procedimientos especiales temáticos se encargan de investigar la situación de los derechos humanos en todas las partes del mundo, independientemente de si un determinado país es parte en uno de los tratados pertinentes de derechos humanos. El mandato les exige tomar las medidas necesarias para vigilar y actuar rápidamente ante las denuncias de violaciones de los derechos humanos contra personas o grupos, ya sea a escala mundial o en un país o territorio específico, e informar sobre sus actividades. 43 En el caso de los mandatos por país , los titulares deben examinar la totalidad de los derechos humanos (civiles, políticos, económicos, sociales y culturales), salvo que se les instruya de otra manera. 44 En términos generales, los mandatos de los procedimientos especiales por lo general encomiendan a sus titulares “examinar, supervisar, prestar asesoramiento e informar públicamente sobre las situaciones de derechos humanos en países o territorios específicos, o sobre los principales problemas de violaciones de derechos humanos a nivel mundial” 45 . 39 JOSEPH (2006, p. 158). 40 Reglamento del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Artículo 73.1. 41 OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (2008, p. 107). 42 CORPORACIÓN HUMANAS (2013, p. 50). 43 MANUAL de los Procedimientos Especiales de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (2006). 44 CORPORACIÓN HUMANAS (2013, p. 49). 45 OACNUDH. Subdivisión de Procedimientos Especiales. [En línea] <http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/chr/special/ index.htm> [Consulta: 4 de octubre de 2013]. 81 Derechos Humanos y Mujeres: Teoría y Práctica Los Sistemas Internacionales de Protección de Derechos Humanos
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