Derechos humanos y mujeres: teoría y práctica

Contemporáneamente a Wollstonecraft, y también en Francia, se elevaron otras voces que buscaron llamar la atención sobre la contradicción inherente a la pretendida igualdad ilustrada. Entre estas destaca Olympe de Gouges, una articulada defensora de los derechos de las mujeres que produjo numerosos escritos clamando por la igualdad. Fue también dramaturga y consiguió que su obra La esclavitud de los negros , un alegato contra esta forma de explotación, fuese representada. 17 Su escrito más conocido es la Declaración de los derechos de la mujer y de la ciudadana 18 , de 1791, que sigue el modelo de la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano proclamada en Francia en 1789, alcanzando realmente la universalidad que esta última pretendía, pero no consigue, pues excluye de la ciudadanía y sus derechos a las mujeres. La Declaración de Olympe de Gouges proclama que la mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos, siendo los derechos naturales e imprescriptibles de mujeres y hombres la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión; todas las ciudadanas y los ciudadanos deben participar en la formación de la ley, que debe ser la misma para todos y, siendo todos iguales ante la ley, mujeres y hombres deben ser admitidos a todas las dignidades, puestos y empleos públicos. Por otra parte, De Gouges insiste en que la dignidad humana exige una revisión del contrato de matrimonio y el respeto a las madres, casadas o solteras; exige que las mujeres divorciadas reciban ayuda económica de sus maridos y que los hijos ilegítimos tengan el mismo derecho que los legítimos a heredar de su padre. 19 Olympe de Gouges fue guillotinada el 3 de noviembre de 1793, tras difundir un panfleto titulado Las tres urnas , en el que llamaba a un plebiscito nacional para elegir entre tres formas de gobierno: república unitaria, federación o monarquía. Su muerte “es un símbolo de la suerte corrida por el movimiento feminista surgido de la Revolución francesa y de sus ideales de igualdad y libertad. El mismo año de su muerte son prohibidos los clubes y sociedades populares de mujeres” 20 . Entre los pocos hombres de la época que abogaron por los derechos de las mujeres, cabe mencionar al marqués de Condorcet. Filósofo y matemático, afirmó la idea de que el progreso de la humanidad requería de la igualdad entre hombres y mujeres. Concordantemente, argumentó a favor del derecho de las mujeres para acceder a la educación pública en igualdad con los hombres y de su inclusión en la ciudadanía. En su escrito Cartas de un burgués de Newhaven a un ciudadano de Virginia , de 1787, razona a favor de una constitución fundada en los derechos naturales del hombre, anteriores a las instituciones sociales y fundados en la sola existencia de un ser sensible, capaz de razonar y de tener ideas morales. Sobre esta base afirma su defensa de los derechos de las mujeres a participar en la vida pública: “¿Acaso los hombres no tienen derechos en calidad de seres sensibles capaces de razón, poseedores de ideas morales? Las mujeres deben, pues, tener absolutamente los mismos y, sin embargo, jamás en ninguna constitución llamada libre ejercieron las mujeres el derecho de ciudadanos. […] [A]dmitís sin duda el principio de los ingleses de que sólo se está legítimamente sujeto a los impuestos que se han votado al menos a través de representantes: de este principio se concluye que toda mujer tiene derecho a negarse a pagar las tasas parlamentarias. No veo réplica sólida a estos razonamientos, al menos para las mujeres viudas o solteras. En cuanto a 17 PULEO (1993, p. 153). 18 El texto de la Declaración puede encontrarse en PULEO (1993, pp. 155-163). 19 WAYAND (1992, p. 102). 20 PULEO (1993, pp. 153-154). 37 Derechos Humanos y Mujeres: Teoría y Práctica Feminismos, Género y Derecho

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