Derechos humanos y mujeres: teoría y práctica

anteriormente fueron cometidas solamente en contra de mujeres tutsi, muchas de las cuales fueron sometidas a la peor humillación pública, mutiladas y violadas en reiteradas ocasiones, frecuentemente en público, en las oficinas municipales o en otros lugares públicos y frecuentemente por más de un agresor. Estas violaciones resultaron en la destrucción física y psicológica de las mujeres tutsi, sus familias y sus comunidades. La violencia sexual fue parte íntegra del proceso de destrucción, las mujeres tutsi fueron perseguidas específicamente y la violencia sexual contribuyó específicamente a su destrucción y a la destrucción del grupo tutsi como un todo. 732. La violación de mujeres tutsis fue sistemática y perpetrada en contra de todas las mujeres tutsi y solamente en su contra. Una mujer tutsi, casada con un hutu, testificó ante el Tribunal que no fue violada porque su origen étnico fue desconocido. Como parte de la campaña de propaganda que buscaba movilizar a hutus contra tutsis, las mujeres tutsi fueron presentadas como objetos sexuales. De hecho, el Tribunal conoció como ejemplo que antes de ser violada y asesinada Alexia, quien era cónyuge del profesor Ntereye, y sus dos sobrinas, fueron forzadas por el Interahamwe [milicia armada] a desvestirse y a correr y hacer ejercicios “para exhibir los muslos de las mujeres tutsi”. El Interahamwe que violó a Alexia dijo, mientras las lanzó al piso y se subió encima de ella, “ahora veamos cómo sabe la vagina de una mujer tutsi”. Como se ha dicho anteriormente, el mismo Akayesu, dirigiéndose a los Interahamwe que estaban cometiendo las violaciones, les dijo: “nunca más me pregunten cómo sabe una mujer tutsi”. Esta representación sexualizada de la identidad étnica ilustra en forma gráfica que las mujeres tutsi fueron sometidas a la violencia sexual porque eran tutsis. La violencia sexual fue un paso en el proceso de destrucción del grupo tutsi –destrucción del espíritu, de las ganas de vivir y de la vida misma–”. Por medio de la calificación explícita de algunas formas de violación y violencia sexual como genocidio, el Tribunal logró asociarles el mayor estigma posible en el ámbito internacional y contribuyó a vencer la idea de que el genocidio es esencialmente un crimen de género neutro. c. La calificación de la violación como crimen de lesa humanidad Akayesu también fue condenado por violación y por violencia sexual como crímenes de lesa humanidad. Para estos efectos, el Tribunal precisó que para que la violación y la violencia sexual constituyan crímenes de lesa humanidad deben ser cometidas: “598. [...] (a) como parte de un ataque amplio y sistemático; (b) en contra de la población civil; (c) basadas en ciertos criterios discriminatorios catalogados, siendo estos: la nacionalidad, la etnia, la política, la raza o la religión”. d. La definición ampliada de violación Aunque el Tribunal no tuvo problemas para ubicar a la violación y la violencia sexual dentro de los confines del genocidio y los crímenes de lesa humanidad, fue necesario que antes definiera ambos conceptos. Esto se debió a que ni el Estatuto del Tribunal ni los textos que le sirvieron de fuente definían lo que se debe entender por violación y por violencia sexual. Tomando nota de las definiciones existentes 319 Derechos Humanos y Mujeres: Teoría y Práctica La Violencia en Contra de las Mujeres

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