Derechos humanos y mujeres: teoría y práctica

El manual señala como vital que la policía esté adiestrada en la compleja dinámica del problema de la violencia doméstica para responder adecuadamente a los llamados de las víctimas. Por ejemplo, las tácticas de los agresores para controlar a la víctima pueden incluir el abuso de sus hijos e hijas, dado que a menudo son lo más importante para la víctima. El manual destaca factores que cuando están presentes pueden apuntar a un mayor riesgo y probabilidad de violencia resultando en muerte para la víctima y sus familiares, como: la separación o el divorcio de las partes; la posesión obsesiva de parte del agresor; amenazas de cometer suicidio; el otorgamiento de órdenes de protección o restricción; depresión del agresor; antecedentes anteriores de conducta delictiva de parte del abusador; incidentes relacionados con acoso; y acceso del agresor a armas de fuego. El manual indica que los funcionarios policiales no deben basar su evaluación del posible carácter letal en el tono o conducta de la víctima, ya que puede no corresponder a la gravedad de la situación, y ser producto de las relaciones de poder desiguales intrínsecas de la violencia doméstica. 150. Basándose en un examen exhaustivo del expediente, la Comisión considera que el Departamento de Policía de Castle Rock no adoptó las medidas mencionadas de investigación con la diligencia requerida y sin demora. Su respuesta puede caracterizarse como fragmentada, descoordinada y desprevenida, consistiendo en medidas que no produjeron una determinación comprehensiva de si los términos de la orden de protección examinada habían sido violados. 151. La Comisión presenta a continuación algunas observaciones respecto de la respuesta del Departamento de Policía a partir de las pruebas presentadas por las partes. 152. En primer lugar, la Comisión no dispone de información alguna que indique que los agentes de policía que respondieron a las llamadas de Jessica Lenahan y que la visitaron en su casa en algún momento revisaron detenidamente la orden de protección para confirmar sus términos y sus obligaciones de ejecutarla. La información disponible indica que tomaron nota de la existencia de la orden basados en la información que Jessica Lenahan proporcionó a lo largo de la noche, a sus conclusiones y prejuicios respecto de esta información, y no sobre la base de los términos reales de la orden. Por ejemplo, tan pronto escucharon de Jessica Lenahan que la orden de protección otorgaba a Simon Gonzales tiempo de paternidad, no hubo seguimiento alguno para determinar si los términos de la orden limitaban ese tiempo de paternidad. Jessica Lenahan informó de forma reiterada a los policías que atendieron sus llamadas que a lo largo de la noche del 22 de junio y la madrugada del 23 de junio, que estaba preocupada por el paradero de sus hijas. Aun cuando Jessica Lenahan indicó en un punto durante esa noche que no pensaba que Simon Gonzales les haría daño a sus hijas, los policías atendiendo sus llamadas y tomando sus reportes aparentemente solo aplicaron sus percepciones personales en determinar que las niñas estaban en un sitio seguro porque estaban con su padre. También se desprende del expediente que la información sobre la existencia de la orden de protección no fue debidamente comunicada entre quienes atendieron las llamadas y los agentes de policía a lo largo de la noche y que Jessica Lenahan fue objeto de las mismas preguntas en cada una de sus llamadas telefónicas. 153. En segundo lugar, hacia las 8:49 pm del 22 de junio, Jessica Lenahan había informado a la policía que Simon Gonzales había llevado a las niñas a otra jurisdicción de Colorado sin aviso. Sin embargo, las medidas de los funcionarios policiales para localizar a Katheryn, Leslie y Rebecca se limitaron a Castle Rock hasta 308 Derechos Humanos y Mujeres: Teoría y Práctica

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