Derechos humanos y mujeres: teoría y práctica
El caso de Alyne no solo avanza en el reconocimiento del derecho al acceso a la adecuada atención obstétrica sin discriminación como un derecho humano, sino que consolida el deber de los Estados de adoptar todas las medidas para eliminar la mortalidad materna como una obligación positiva bajo las protecciones del derecho a la salud reproductiva. Igualmente, avanza en el desarrollo de las obligaciones estatales frente a sus políticas de salud con perspectiva de género, al igual que frente a sus obligaciones de eliminar la discriminación por cuestiones socioeconómicas y por raza. También se destaca la delimitación de la responsabilidad de los Estados por la supervisión en la provisión de salud en establecimientos privados. • Corte IDH: Artavia Murillo y otros (“Fecundación in vitro ”) vs. Costa Rica, 2012 En diciembre de 2012 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) se pronunció sobre el caso más importante sobre derechos reproductivos en la región, hasta el momento. La Corte debía determinar si la prohibición absoluta de la fertilización in vitro (en adelante, FIV) ―establecida en Costa Rica mediante sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por considerar que violaba el derecho a la vida protegido en la Constitución “desde la concepción”― violaba los derechos a la privacidad, la familia y la igualdad ante la ley reconocidos en la Convención Americana (CADH), respecto de las nueve parejas que presentaron el caso. La Corte IDH determinó que Costa Rica era responsable de la violación de los derechos a la vida privada y familiar, el derecho a la integridad personal en relación con la autonomía personal, a la salud sexual, el derecho a gozar de los beneficios del progreso científico y tecnológico y el principio de no discriminación, consagrados en los artículos 5.1, 7, 11.2 y 17.2 en relación con el artículo 1.1 de la CADH. En primer lugar, la Corte realizó un análisis del alcance del derecho a la integridad personal, la libertad personal y el derecho a la vida privada y familiar. Lo primero que la Corte abordó fue la determinación de cuál era el ámbito de la privacidad, en general. En este análisis determinó que la maternidad forma parte esencial del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres 88 y que la decisión de ser madre o padre biológico hace parte del derecho a la vida privada. En segundo lugar, la Corte pasó a determinar el ámbito de la libertad, planteando que el derecho a la vida privada comprendía: (i) la autonomía reproductiva y (ii) el acceso a servicios de salud reproductiva dentro de los cuales se encontraba el acceso a la tecnología médica. Igualmente, estableció que se encontraba comprometido el derecho a la integridad personal, pues la prohibición de la FIV había puesto en una situación de angustia y ansiedad a las parejas peticionarias, la cual respondía al impacto que tuvo en sus vidas la falta de atención médica o al acceso a ciertos procedimientos de salud. La Corte estableció que el problema al que se enfrentaba consistía en que la prohibición absoluta de la FIV limitaba el derecho de las personas a fundar una familia conforme a las decisiones de pareja. Así, estableció que la injerencia estatal radicaba en la “posibilidad de tomar una decisión autónoma sobre el tipo de tratamientos que querían intentar para ejercer derechos sexuales y reproductivos” 89 . El Estado de Costa Rica fundamentaba esta injerencia en que “la Convención Americana obliga a efectuar una protección absoluta del “derecho a la vida” del embrión y, en consecuencia, obliga a prohibir la fertilización in vitro por implicar la pérdida de embriones” 90 . De 88 CORTE IDH. Caso Artavia Murillo y otros (“Fecundación In Vitro”) vs. Costa Rica. Sentencia de 28 de noviembre de 2012. (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas), párr. 143. 89 Ibíd., párr. 161. 90 Ibíd. 228 Derechos Humanos y Mujeres: Teoría y Práctica
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=