Derechos humanos y mujeres: teoría y práctica

una crítica a esta rígida distribución de roles entre hombres y mujeres, y al modelo de democracia excluyente. Tampoco lo es que las primeras luchas de las mujeres sufragistas tuvieran por objeto alcanzar una ciudadanía plena, específicamente el derecho al sufragio y el acceso en condiciones de igualdad a todos los niveles del sistema educativo formal. 10 El entramado legal y social que resguardaba y reforzaba la condición de subordinación de las mujeres incidió en que la lucha por el sufragio universal se extendiera por décadas. 11 Resulta necesario destacar el rol que las mujeres desempeñaron en América Latina en la lucha por los derechos humanos durante las dictaduras militares. Agrupaciones de mujeres madres, esposas, hijas o familiares de personas desaparecidas, ejecutadas y torturadas se centraron en la recuperación de la democracia y en la denuncia de las violaciones a los derechos sobre la base del derecho internacional de los derechos humanos. La labor incesante y valiente de organizaciones como la “Agrupación de familiares de detenidos-desaparecidos” de Chile, o las “Madres de la Plaza de Mayo” de Argentina, fue determinante para la recuperación de la democracia en el Cono Sur, como lo fue la de otras organizaciones semejantes en Centroamérica. Si bien la noción de protección de la dignidad humana es de antigua data 12 , por mucho tiempo genuinas preocupaciones sobre esta convivieron, por ejemplo, con la justificación de la esclavitud. En el caso de las mujeres, la discriminación contra estas no fue percibida como un problema o contradicción del corolario de igualdad y libertad, sino que, muy por el contrario, su subordinación fue reforzada por el derecho. La cristalización de la necesidad del reconocimiento y protección verdaderamente universal de la dignidad de todos los seres humanos, plasmado en la forma de derechos fundamentales, cuya protección debía realizarse a través de esfuerzos conjuntos de la comunidad de naciones, sucedió recientemente, en el contexto de la Segunda Guerra Mundial. 13 Las atrocidades cometidas por el gobierno nazi hicieron patente la indefensión en la que se encuentran las personas cuando su propio Estado es el que vulnera sus derechos. Frente a esta situación, fue imperativo establecer un nuevo orden internacional basado en la paz entre los Estados, la resolución pacífica de conflictos y el respeto y garantía de los derechos fundamentales de todas las personas. Es así como en 1945 se creó la Organización de las Naciones Unidas, siendo uno de sus propósitos cooperar en la solución “de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión ” 14 . La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 fue la consagración de este anhelo, y la primera afirmación mundial de que “[t]odos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” 15 . En la adopción de esta declaración fue fundamental el rol que desempeñó Eleanor Roosevelt, cuyos esfuerzos permitieron que se acuñara la expresión todos 10 VALCÁRCEL (2001, pp. 13 y 14). 11 Por ejemplo, en Chile, las mujeres tuvieron ciudadanía plena solo el 14 de enero de 1949. En esta conquista histórica resultó clave la labor de mujeres como Elena Caffarena (fundadora en 1937 del Movimiento pro Emancipación de la Mujer chilena [MEMCH]), quienes no cejaron en sus esfuerzos por denunciar la discriminación que vivían las mujeres y exigir su superación. 12 Sobre este punto, ver BIELEFELDT (2009) y HÉRNANDEZ-TRUYOL (1998). 13 Antes de la Segunda Guerra Mundial, y con posterioridad a la Primera Guerra Mundial, existía un régimen de protección para los extranjeros o minorías nacionales. Estas cláusulas buscaban garantizar la no discriminación de estos grupos, particularmente en lo relativo a “derechos lingüísticos de los grupos, la separación de las instituciones educativas y religiosas, una participación equitativa en los fondos públicos y el respeto de los feriados religiosos” (SHELTON 2008). Sin perjuicio de lo anterior, esta estructura no constituía una formulación universal de derechos, sino el reconocimiento de la situación excepcional de un grupo de personas que requería un tratamiento diferenciado. 14 Carta de las Naciones Unidas, Artículo 1. Énfasis añadido. 15 Declaración Universal de Derechos Humanos, Artículo 1°. 150 Derechos Humanos y Mujeres: Teoría y Práctica

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