Derechos humanos y mujeres: teoría y práctica
MIRANDO LA DISCRIMINACIÓN CON OTROS OJOS Claudia Paz Sarmiento Ramírez Desde nuestra primera mirada al mundo hasta los más avanzados y complejos pasos de nuestro proceso educativo, la percepción que tenemos de la realidad y del conocimiento no solo es subjetiva, sino que además tiende a naturalizar el entorno. Es decir, el cuestionamiento de lo que consideramos justo o injusto, o para efectos del tema que nos convoca, discriminatorio o no, puede no ser evidente a primera vista. Les presento un ejemplo para que podamos comprender mejor mi punto. Cuando tenía ocho años la profesora de lenguaje de mi escuela le dijo a mi madre que yo necesitaba anteojos. Hasta ese momento yo jamás habría imaginado que los necesitaba, pues la realidad que mis ojos miopes construían era, para mí y solo para mí, la forma en la que el mundo era . Por supuesto, después de los anteojos, todo se estructuró de otra forma: la tierra estaba llena de texturas, de tonalidades y las personas y sus rostros tenían expresiones infinitamente más complejas de lo que hasta ese preciso y revelador momento había conocido. Más aún, mi percepción ―que solía ser tan individual― se sumó a la de un cúmulo de personas que sí tenían lo que habitualmente se llama visión 20/20. Al igual que con la miopía, para ver la realidad con otros ojos es necesario ponerse, como decía la profesora Cecilia Medina en las clases del Diploma de postítulo “Derechos Humanos y Mujeres: Teoría y Práctica”, “los anteojos” de la discriminación para poder reconocerla, nombrarla y denunciar claramente los nefastos efectos que esta tiene. Más aún, una vez que ha cambiado el lente con el que miramos y construimos la realidad, el desafío está en hacerla visible a otras personas que aún naturalizan el “estado de miopía” y crear los consensos sociales idóneos para erradicar ciertas prácticas. La visibilización de la discriminación es un proceso de conciencia individual, pero también colectivo. Tratándose de las mujeres, el desarrollo de ambas dimensiones se funda en la tradicional consigna de “lo personal es político”; es decir, para identificar las situaciones de discriminación que cada una individualmente padece, debe existir un proceso de conciencia que le permita develar su situación particular y luego reconocer que se es parte de un colectivo que ha sido históricamente discriminado. Este proceso de desnaturalización de la ontología y la epistemología en la que vivimos es complejo en el mundo del derecho, donde este paso ciertamente ha sido resistido. Prueba de ello es la reciente y marcadamente errática incorporación a los currículos académicos de la temática del género y de la discriminación. E incluso donde esta tarea se ha hecho, la transversalización de esta mirada padece de las mismas taras: aún aprendemos derecho civil y el régimen de propiedad sin cuestionar por qué la gran mayoría de los bienes en el planeta están en poder de los hombres y solo un ínfimo porcentaje en el de mujeres. Más aún, el derecho a ratos se erige como un bastión conservador que opera como una camisa de fuerza que contiene y legitima los roles sexuales 1 ; a la 1 Tal como en el Emilio de Rousseau, muchas veces podemos encontrar en el modelo de hombre y de mujer que el derecho construye la idea de una masculinidad racional, valiente, con una sed por la justicia e imbuido de templanza. Por el contrario, las mujeres operan como un complemento “emocional” y son/deben ser pacientes dóciles, de buen humor y flexibles. Por supuesto, ambas características determinan la división sexual del trabajo que ubica a unos en lo público y a las otras en lo privado. Igualmente, ver: OLSEN (1990). 147 Derechos Humanos y Mujeres: Teoría y Práctica
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