El niño abandonado en Chile: la herencia del régimen militar

76 OSVALDO TORRES O. iv) Confiarlo al cuidado de alguna persona que se pres1e para ello y que el juez considae adccnada. a fin de que viva CII familia. Eslas medidas se pueden aplicar a los que presentan cualquiera otra forma de inegularidad. Para la aplic:aclóa de cualquieJa de csam medidas, el juez debe resolver en conciencia. Esco significa que está investido de amplia compeacncia para adopcar las resoluciones que estimeconveniente. En la adopción de estas medidas, los menores pueden sccofdos si el juez lo estima c:oovcnienac; m cuo contrario, pueden solicitar que se les cite para hacer las aclaraciones que más convengan a sus derechos. En lo relativo a estas medidas de procec:ción, los menores (olaspersonas que por ellos actúen) pueden intervenirsin necesidad de la presencia de un abogado. Para la legislación civil en general son menores todos aquellos quena han cumplido 21 aftosde edad. Estotiene especial importancia en lorelativo al ejereicio del derecho de alimento• .Para los aspectOS penales, se considera menor al que no ha cumplido los 18 anos, a menos quetenga entre 16 y 18 allos y seacrediteque ha accuadocoo discemimientó. En este caso, sele consideramayorparajuqado por el delito que hubiera comceido. 4.- ..VAGANCIA Y LA MENDICIDAD'" OIJ'o aspecto que prevé la ley es la vagancia y mendicidad. Estas conductm están esl8blccidas como infracci6n a la Ley 11.625 soblc esaados anliJociales. De manera que la legislación oonsidcn la mendicidad y la 'V8pncia como conducllS antisociales frane alascaalessedcbell 10mar algunas de las medidasqueesaa ley establece. No constituyen. por lo tanto, un delito popiamente tal, pero sf condoc1m o ~iones que la ley reclma y con.mera necesario eliminar. Para Jaley sonvagos quienes, notmiendomgarfijooviviendoen d de otra pcnoaa por mem tolmmcia o complacencla, carezcan de medios lícitos de sobsistencia y quienes, sin estar impedidos para el

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