El niño abandonado en Chile: la herencia del régimen militar
IJLNll«J MJANDONADO FNCHILE 7S Otra fmna comose matiCrializa Ja obligación del Eslado respecto a tos nillos. es a ara• de la creacÜI de una judicatura especial relativaa losmenoies. Estos Tribunales de Menores están dotadas de anplias alribucianes y compciu:ocias. F.n&te sos facultades esdn las siguientes: L· Determinar 8 quim conesponde Ja IUici6n de los menmes. b.-Coaoccrde las demandas de alimentos deducidas pormenores o por el c6oyuge del a1imenmme cuando solicibn alimentos can- juntamentecoo sus hijos menara. c.- Autorizar la adopción de menores. d.- Reaol~ sobre la vida futma drJ menor. en de-, del inciso segundo del m:tículo 233 del Código Civil, y cuando 61 se encontra• ra en peligro ID8lC:rial o moral. Al respec:ID. digamos que dicho Jnci- 90 permite aJ padre recurrir al Tnl>unal de Menores a fin de que 6atc determine sobre la vida futura del menor por el tiempo que esaime mú conveniente, d que no podq exceder del pino que le falle para cumplir veinte aftOS de edad. F.o cuantoala facultad del Juez de Menores pararmva 90bre la vida futura de! menor en caso de peligro material omoral. ella eslá referida a una situación en que noes necesaria la intervenciónde los padres; aún mú, podrían ser ellos precisamente la causa de ese peligro moral o material. e.- Conocer de las conductas sefta1adas en el ardculo62 de la Ley de Menores. f.-Aplicar las llamadas.. M&,didas deProU!<:ción", que seuaducen en las que siguen: i) De~el menor-asus padres. guardadores opersonasacuyo cargo estuviese, previa amonestación, como primen alternativa; aunque puede inclusonoenUqarloa su familia. si estima que es por el bien del menor. it1 Sometslo al r6gimen de libertad vigilada. fu1 Coofiarlo. por el tiempo que estime necesario, a los estable- cimientos especiales de educación que esta ley senala o a algún eslablecimieoto aleculdo que el juez determine. .
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=