Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

De los Plateros ,TDoradores. . 873 -reri que cum·pte, hagan pesquisa, e inquisi- los dichos 22. quilates curiipfido~; i faltare ci:m, i sepan la verdad , quien, i quales poco, o mucho, que lo aya de dar a la per– Plateros, i cambiadores han passado, i pas- sona , que lo vendí<\ o que ge lo dio a facer san contra lo susodicho , i executen en ca- por la tercera leí de 20. quilates, i pierda to- da uno dellos las leyes susodichas. do lo otro; i el Platero, que hiciere obra , o LEI IV la vendiere por de 20. quilates,si faltare po- • co, o mucho, que no llegue a los dichos 20. De que leyes se puede labrar el oro, i de que quilates, que lo aya perdido, i sea para quien manera se ba de vender labrado. ge lo dio a labrar , i no ge lo paguen ; i de- mas mandamos que el Platero que se fallare to, mismos alli en d iicho año i dia , cap. J, Pragmarica. b , t:". que la ro tres veces oro, que no ,uesse destas º Tros1 nos es fecha relacion que algunos Plateros labran oro de baxa lei , i lo venden , i truecan , diciendo que es de mas leí de lo que es, i la causa de esto es que las cadenas, i collares, i sortijas, i otras quales– quier cosas, que labran, facenlo de muchas le– yes, en tal manera que desde 24. quilates fas• ta abaxar a I 1. quilates, qualquier de los di– chos Plateros labra de la lei, que quiere, sin orden, i sin regla alguna; i como qualquier de los dichos Plateros tiene las cosas lab,adas quando ge las vienen a comprar, i los que las compran , comunmente no saben de que lei son, i muchas veces resciben mucho engaño, j trabajo de andar a buscar quien les diga la ver~ad del oro, que compran, i si se confian de los Plateros ~ dizque se han fallado mu– chos engaños de grandes qoánüas; i por evi– tar este fraude, ordenamos , i mandamos que todos los Plateros, que labran oro de quales- 9uier obras, quier las labren de su oro , o de personas, que ge lo den a labrar, que no la– bren oro salvo de tres leyes ; conviene a sa– ber de leí de 24. (a) quilates, que es oro de excelentes; i si mas baxo ovieren de labrar, que labren de lei de 22. quilates , i si mas baxo quisieren labrar, que sea de 20. (b) qui... )ates, i no de otra leí alguna; i si qualquier obra , de las que assi hici.:ren , i labraren , o vendieren, la dieren por oro fino de excelen– tes, que son 24. quilates menos ochavo, i se– f.alJarc de menos lei en poco , o en mucho, que la aya de dar a la persona, que la vendio, o al que ge la dio a facer, por la segunda lei de !:22. quilates , caso que sea de mas lei , i pierda todo lo otro, que de mas valiere, i lo gane la otra parte; i si el dicho Pla,ero ficiere obra a alguna person~, o ge la !vendiere por Jei de 2::a. quilates, si se hallare que no tiene LEI IV. (•I AMt.1,. i ¡. l.1. glo,. (a) i l. ,. gl11. (a) hoe tit. CI) Di<h# 4Mt. i. hoc 1it. i Aut. 6f• <R¡,. f· 111. 11. hoc li•. {&) L. 11. ,;,. u.1.o.,1u1•. jb, e, i ~ 1i1.u, lm lib. Xom.L dichas tres leyes, o de una de ellas , que sea condenado que en toda su vida no pueda la.. brar, ni labre obra de oro, sopena de perdi– miento de todos sus bienes , para execudo!l de lo qual todo mandamos que en cada Ciu– dad, o Villa, o Lugar, donde oviere Plate– ro, o Plateros, que labren oro, que la Jus... ticia, o Regidores pongan sobre ellos V ee– dor,que lo sepa exáminar,juramenrado (e) por la via , i forma , que ponen Marcador de la plata. LEI v. JJue ningun Platero, ni Dorador,"' otra per• sona doren , ni plateen sobre bii!rro , ni so-,. · bre cobre, ni /atorl , espada , ni espuela, ni jae-r., ni otra. gNarnicion, ni lo tray<Jnfuera lle/ &ino, salvo si fuere de tierra de Mo-,. ros, de lo que a/la se Jabra. 1.os mismos en Sego,ia a 1.. de Septiembre afio dt r+,+• l'ragmatica , O. Juan 11. en Madrigal año +¡ 8. peticiólÍ Jº· el Emperador ea Valltdolld ai,o i¡. pct. J}• c11 Se~ovia año J 1. pct.101. ~n Madrd año 1.8. pee.a7. 1 O.Phchpe . 11 en Tolcdó año tf60. pet.+d. M Andamos , i defendemos que ningurt Platero, ni Dorador , ni otra perso-> na alguna no sean ossados de dorar, ni dure11, ni (a) plateen sobre hierro, ni sobre cobre; l'li laton espada , ni puñal , ni espuelas , ni jaez alguno de cavallo, ni de mula, ni otra guar– nicion alguna, ni lo trayan de fuera de estos nuestros Reinos, salvo si lo truxeren de allen,,:. de la mar de tierra de Moros, de lo que alla se labrare, sopena que qualquier que lo ttu– xere a estos nuestros Reinos, lo aya perdido, i quequalquiera persona lo pueda pedir, noti• . ficandolo (b) a la Justicia del Lugar mas cer• cano, donde lo halfare,o en el Lugar, donde lo hallare, por ante Escrivano; i que esta Jus~ ticia lo embie a notificar a qualquier nuestro Cor– LEI v.(•) L.¡ t.,. i ,. ¡,,, til. 4Mt. f• u,.,. ,i,. u. h,c lil,. l.1,. '"t·~· tit, 11. lib.¡ .<') L. 1•· gl.,. (al l.•· ¡1,~~'(c) ,11.7. liJ.,. zlos. (lt) ,;,.,. 1.6. f.l#s. (b) 1i1.i,. lii.1. Sssss

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