Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

De.hf.s Orderiarrzas·que han,de guardar ;.&c. &57 y peso est:1blecidos, sln:alterar los permissos a la lei que preyienen las.Ordenarizás, i ~ que en feble, o fuerte se. hallen prescriptos, mo .de seguirse · la misma práaica en el pa- . ni innovar en el numero de cuerpos de mo- go de la moneda antigua, que vá. a exrin,-. neda que hasta aquí se han sacado de ca- guirse ,. resultaria contra los dueños la dife-. da marco de oro , i de plata , con arre-- rencia que ai desde .el valor intrínseco , que glo a las Reales Ordenanzas,. observaodose ·avian de percibir ,al.extrínseco, que se.au– 'luanto. por ellas esta · dispuesto, por no di- mento. por los derechos de Señoreage, i pre– rigirse esta providencia a. mas que. a.· po- eissos costos de afinacion , i braceage ; . no . ner en la-mayor perfeccion. todas las mis- conformandome .en que ·pader.can este des– mas monedas aduales. falco , es mi real voluntad , que ·toda 1~ m- . 6. Deviendoexec;uwsea unpropriotiem- tigua moneda,que se recoja en mis Reala, . poen lasCasas de estos mis Reinos la labor Casas, se satisfaga por su valor .extrínseco, de la nueva moneda, he resuelto , que assi i corriente., sin que por ningun motivo.ser&.– en la de Madrid, como en la de Sevilla se. baje mas que la falta que tenga en su. peso-, empiece a verificar indefefüblemente. desde la qúe se lleve a ellas ·, siendo de <:oeota:· de. el dia primero de.Junio proximo ; . i que a mi Real Erario todo el ·coste :de sus labores; este .fin se den las disposiciones , i or-denes i cediendo en beneficio comun el R~l de,.. necessarias por Don Miguel de Muz:quiz, de recho de Señoreage. mi Consejo de Estado, mi Secretario del . · 9 Para evitar los fraudes que pudiera oc~ Despacho Universal de mi Real Hacienda, sionar la absoluta admission de la-moneda ,i Superintendente General de dichas Casas. por.su valor corriente, mando que se observe . 7 Siendo precisso que en cada una de, la Real orden de veinte , i dos de · Diciem.,. ·ellas se procure,. que en este primer tiempo bre de mil setecientos "luarenta· i siete, . em -asciendan las nuevas labores al mayor nu- que se prohibio, que se admitiesse en e1 Co- 111ero de marcos que sea possible, para que mercio toda aquella-que tuviesse algo de falta por medio de un fondo considerable de la en su cordon, o circunferencia, .por · averla moneda nueva , se facilite la extincion , i amolado, cercenado, o limitado , ni .}as. des– recogimiento de la antigua, encargo ·a ·los cantiliadas, quebradas, o soldadas; porque Superintendentes de las mis Casas , que em~ qualquiera persona que tuviere moneda ·de pleen, i proporcionen los medios de aumen- estos defeétos , no puede expenderla , sino tar las labores que pendan de sus facultades; que debe llevada a mis Casas 'de Moneda, .i i para que no se suspendan , o dilaten por -recibirse en ellas , pagando ·su importe como falta de materi~es, se darári por.mi Secre- ·pasta a los Interessados, a los quales no .se tario de Estado, i del Despacho Universal permite las usen de otro modo, ni vender~ de mi Real Hacienda,las ordenes correspon- las .en otras partes, ni a los Plateros el coro– .dientes, para valerse de los caudales que se ,prarlas ·, o deshacerlas para otros fines, co.– hallen en depositos, con la precissa calidad ,mo todo se halla prevenido en la citada Real ·desu pronto reintegro, que ha de ser eftai- .orden; i para que se cumpla lo dispuesto en vo, luego que la antigua moneda se reduzca .ella, se destinará en las Casas de Madrid, .a la del.nuevo sello; procurando ver si los i Sevilla sugeto de inteligencia , i satisfac– ·Cometciantes, i demás Particulares, ( sin cion , que separe la moneda que padezca -precissarles de modo alguno a ello ) quieren los referidos defeétos , a fin de que se re– cntregar-pastas, o mom:das para el mismo ciba, i pague en la forma expressada. fin, bajo de todas aquellas seguridades que ., 10 Deseando proporcionar a todos mis .pidan , i son debidas a los que por beneficio .V assallos los possibles beneficios , i recono– publico hagan esta anticipacion , i usando, ciendo los molestos embarazos que ocasiona, .para aumentarla, de los demas medios que no solo al Comercio, sino a todo el comun .le. dié:te su zelo , sin perjuicio de tercero. ·del Reino, el quebrado de los diez quartos 8 Está mandado, que toda la moneda con·que corre el doblon de ocho escudos, i de oro, plata, o cobre se labre de cuenta de a su proporcion las monedas subalternas de miRealHacienda,inodeladeParúculares, estaespecie,he tenido a bien resolver, i ¡ que a estos se compren los Metales, que mando, que toda la nacional de oro ,Ja– llevar.en - a. mis. Real~s. Casas., reducidos brada coQ el nuevo sello desde primero. d~ Xom. l. Qqqqq &e,,

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