Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

796 Libro quinto. Titulo decimooélavo. . ,,biador, o otra qoalquier persona, que ovie.. de las faltas de granos mas de loque por Noa ,,re de dar blancas, o reales desta.mone- esta orde~do, i en los que contra ello fue– '' da, que agora Nos mandamos hacer , por reo, o passareo , se executen las dichas pe– " pieza de oro , que de por ~da e:xceleate nas. "de la granada (t'} trecientos i setenta i cia- LEI V. ,, co marávedis, i no menos, i por cada me– "dio excelente la mitad desto , i no mas; ,,salvo que desto detenga para s1 por el ~cambio el Cambiador tres maravedis (d) ,, por pieza del dicho excelente , i por el di~ ,, cho medio -excelente tres blancas ; pero si "el Cambiador gelo diere a otro , que gelo ,,de por el precio cabal, que Nos de suso "mandamos que valga , i no por mas; i que ,, qualquier que lo contrario hiciere , pague JJue kJs Cambiadores no puedan llevar cinco maravedis aJ mJJlar por pagar en buena moneda, ni otra cosa alguná, ni . los que dellos fTlJieren de rescebir pagas, sean obJi.. gados a réscebir doblas quebradas. · Loa mirmoa e11 Alu.ll. aiio 1101, 1 17. de E11cro. Pragm. .ma11dada ·guardar por Carta acordada del CoDKjo ca . Valladolid a u. de Noricmbic: año de: 1 JI J• "por <:ada pieza, que rehusare de cambiar, poR 1a presente revocamos, casamos,.i "o por cada una , que cambiare , o diere anulamos, i damos por ninguna , i de "por ma~, por cada vez mil maravedis , la ningun valor, i efeéto la Pragmatica (a) por ,, mitad para la nuestra Camara, i de la otra Nos hecha en la Ciudad de Sevilla el año de "mitad ) la mitad para el que lo acusare , i mil i quatrocientos i noventa i uno , .en que ,,¡a otra mitad ·para el Juez, i para el ~:ie- permitimos que Jos Cambiadores pudiessen "cutor , que lo execut~re , i sentenciare: llevar de aquellos, a quien oviessen de cam– porende mandamos a todos, i a ·cada uno de biar, i pagar algunos dineros, cinco mrs. al los Jueces de estos nuestros Reinos , cada millar , pur pagarselos en buena ·moneda , i uno en su Lugar, i jurisdicion , que vean el mandamos que sin embargo della los dichos dicho capitulo , que de suso va encorpora- Cambiadores ao puedan llevar, ni lleven los do, i lo guarden, i cumplan, i hagan guar- dichos cinco mrs. al millar, que por la dicha dar , i 01mplir, i executar , segun , i como nuestra ·Pragmatica les estaba permitido por en el se contiene , i ansimismo les manda- dar Ja dicha buena moneda, ni los diez mrs. mos que ayan informacion , i sepan quales al millar, que ellos llevan de los mrs. quepa· Cambiadores , i otras personas han llevado gan en sus cambios, ni otra cosa alguna e11 de troque , i cambio (e) de las dichas mo- mayor , ni en menor cantidad , quedando nedas mas de lo contenido en el dicho e~ en todo lo otro la dicha nuestra Carta en su pitulo; i por las faltas (f} de los granos n:13s fuerza, i vigor, que es Jo contenido en la lei de lo que por Nos esta ordenado, i la infor- 4· de este tit. i mandamos que de aquí ade– macion avida , i la verdad sabida , llama- lante ninguno , ni ningunas personas sean das, i oídas las Partes, a quien toca, i ata- obligados de rescebir, ni tomar en pago, ni fíe , breve , i (g) sumariamente executen en en otra manera doblas algunas , que esten las personas, que hallaren cu1pantes, assi quebradas (b) salvo si estuvieren sanas; ni en el llevar del cambio ·demasiado de la mo- Cambiador , ni otra persona alguna les pue- , oeda vieja , como de la moneda , que ago- da apremiar , ni apremie a las t0mar ; i que ra nuevamente mandamos labrar , i en sus . los dichos Cambiadores paguen Jlanamente bienes las penas en el dicho capitulo conte- lo que devieren , i en ellos fuere librado, en nidas; i que de aqui adelante no consientan, las otras monedas, que por Nos esta permi– ni den lugar que los dichos Cambiadores, ni tido que corran , sin detener las pagas a las otras personas lleven del troque , i cambio Partes, diciendo que no tienen otra moneda, de las dichas piezas de oro viejas, i nuevas, i sin les hacer premia, ni opresion alguna, ni mas de Jo en el dicho capitulo contenido, ni usar de otra cautela direéte, ni indireéte, pa- (,) L.h, i 4. i A111.,. i 7• tit,& 1. l. 4, tit, 14, ¡,,, lw. l. 1. up.1.111. J 1.liS. 9. ') L."• i A. h.tit.11t• l1i tl· (a, b, ,e,) l. J, tít. 11 . j 1 J, 111 I•, D1</•r.t. i A111. '11. i I J . ,J. ¡¡ 1,., /ji,, (,) L. 9. hoe ,;,. 111• 14i 1111. (a, b, i d,) l. 11, ,.p. a.. ,,, "" D,e/•r•t· ÁMI. J. up l• 1 ""'· 1,. ,.,. 18, "'· ••• "" l,b., ¡,¡ •+· ,;,, 1 +• lil,. J• l/l L. J• ,io,. ( e, id,) h•, ,;,, ra l. tJ.; A•t. t . tit. u. i A•t, J'• tit. u. lu, liJ. (1) L. u, ''"· (b) tit. ... lib.&, U.1 V. l•l L.4. 1111• . b, d, i e,) il. ,. lm tit. l. 1. ,;,. t J., bt,J. ,., ,. ""'·1!· i 1,. u1.n. 1 7.; 1,.1.1,. ,o.; u. tit,11. l,11. í A11t.J.tit,tf. ,, 1tt1 lil,, /.t, ,.,.1.tit,6,li•.1, l/,J l.. ,. ,l,s, (e) lm tit, ·

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