Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

77 2, Libro quinto. Titulo decimoquarto. LE 1 1 V contra ellos puestas , por cada vez que las • compraren, demás de las perder, incurran por JJue /os Regatones no se lleguen aftrVor, ni a cada vez en pena de cien(b)azotes,losquales f"miliaridad de algu11a persona. se les den publicameme por justicia: lo qual o. Eoriquc 1v. eo Toledo pee. 11 . aiío h. executen las nuestras (c) Justicias. D Efendemos que losRegatones, i Taber- L E I V 11. neros de la nuestra Corte, o de otra JJue no se puedan comprar carnes vivas partJ qualquier Ciudad, Villa , o Lugar de los las bolver avmdt!r en las mismas ferias, i nueslros Reinos no sean ossados de se allegar mercados , i rastros, en que se compraren. (a) al favor, i familiaridad de ninguno, ni al- o.Phdipc u. en Toledo aúo de 11 , 1 • en 16 .de Abril.Pragm. gun Cavallero ' ni Grande de nuestra Corte, Etto mismo ma maod,do guardar por el cap. ,. de lai ni de nuestro Consejo) ni de _los Alcaldes' i Cortes del año de 1601. public.idu cJ de 1610, Alguaciles de nuestra Corte, ni de algun Ca– vallero, ni Escudero de las Ciudades, Villas, i Lugares de nuestros Reinos; i si los dichos Regatones lo contrario hicieren , incurran en pena de cien(b) azotes, i de cincuenta mil mrs. la tercera parte pafa el acusador, i las otras dos tercias panes para los Alguaciles (c) de la nuestra Corte, si en ella se hiciere lo susodi– cho; i si en otras Ciudades, i V 1llas, i Lu– gares se h iciere, que .Ja dicha pena sea para )osAlguaciles dellas,quedando en sus fuerzas las (d) Ordenanzas, que sobre esto son hechas en las dichas Ciudades, i Villas, i Lugares contra los dichos Regatones, i Taberneros. LEI V. !Jue a los Regatones de Corte, que vendieren · . vino aguado,-se tes den cincuenta azotes. · O.'Eariquc U, en Toto era 1+07. lei J ,. T Emmos por bien, i mandamos que los Regatones , que andan en la nuestra Corte, vendan el vino puro (a) sin le echar agua , sopena que por cada vez , que se ha– llare averlo vendido con agua , le sean da– dos cincuen(a (b) azotes. . LEI VI. JJue los Regatones de Corte, demás de las pe– nas en las leyes de suso contenidas,incurran en las en esta leí contenidas. · O, Enrique IV. en Toledo año h, pct, 1 ,. M Andamos que Jos Regatones, i .Rega• tonas , que en nuestra Corte andan, no sean ossados de comprar (a) las provisio– nes, i vituaJJas·' que vienen a se vender a la Corte; sopena que, demás de las otras penas LEI IV. (•l L.9, tit.7, lib. J• Ori"1,. l.i f• tit,7. lib. J·· l.. ,o. ,i,,1:lib.7. R."'I ,,1.,,,,.tit.1¡.i l.¡,.tit. f. lib.,.(b) Di,b11 ,.,. ,i,.7.liJ-r, º'"· l.6. s/u. (b) ,••• ,,.,_ (e) ,o,,l11 I. l l. (J) lul tit, (e) L,í unie. tit. 19. JO, i J l, lib. 4, (") L, 1+, slo,. (a, b, e, d,) ,,,. ~. liJ. J. LEl v. (11) ,,1.,,.p. m~6. lib.,. l.a. i 7. ,it.16,l'•rt. 1 .l.i, ,i,.7. P11rt.¡. l,J. sl11. ( a, i b,) tit, 1- li•.1. R.«, (bl Di,b11 ,.J. ¡/u. (b) tit. f lib.1. 1.6, ¡los. (b) l.1, gl,s, (d) I, t., ,1. (e) • J. +, ¡111. (b) "' ,,,, ,;,, M Andamos que ni·nguna persona ptieda comprar, ni compre carnes vivas (a) para las_ tornar a revender en pie en las mis– mas ferias, i mercados, i rastros, adonde las ovieren comprado, sopena que sean desterra– dos delReino por cincoaños, i mas ayan per• dido todo el ganado, que assi compraren, i la mitad de todos sus bienes, la tercera parte (b) de las dichas penas para nuestra Camara , i la otra tercera parte para el que lo denun– ciare, i la otra tercera parte para el Juez, que lo sentenciare. LEI VIII. !Jue noayaCorredores en lasferlas,i mercadc, de ganados, ni se salga a comprar a los cami– nos losganados, que vinieren a los mercados. . O, Phclipe 11. en Madrid a 1.0. de Junio de I f 6 f, Pra~roaúca. . Esta ,ambien mandado gurdar por el-cap,,. de las Cortes de- 1601.. M Andamos que de aqui adelante no aya Corredores (a) de ganados en las fe– rias, i mercados , donde se vendieren , i que las Justicias no los dexen usar los dichos ofi– cios; i que ninguna persona sea ossada de sa– lir, ni embiar a comprar a los caminos los ganados,que vinieren a venderse a los merca .. dos, ni pane alguna dellos , sopena de aver perdi.do lo que assi compraren con el doblo, lo qual aplicamos por tercias (b) panes para nuestra Camara, Juez, i denunciador. LEI IX. !Jue las '"justicias no bagan postura del vino a los Regatones, sin que constepor testimonifJ si LEI VI.(•) L. R, Nt.7. lib.f, Or". l.1. ffu.(a) f.1.sl, i. (b) ~ .A.,,, "ni,. h,e 1i1. ~-t, ,. i ,. tit. , 6._ liJ.6. (b) L+ ,;los. (b) , stos. (d) l.t. fl. (e), l+ sl, (b) hoe "'·¡,¡ L.¡. ¡l. (iJ; l. J• s'·"· (e) "' 1111 tit. LEl VU. (•) .A.,t.Mnie. i 1.8. i •- si. (d, i n,) boe titJ. 1 .tit•.._. lib.9,l.17.e11p.a. ti1.16. /ib.x. (l,)L. a. ,1.,, (bl l. ,. 1 ú,.(e) "' lltl '"· i 1.66, tit.11, "',,,,lib. LEI VUI. (111 L. 7.i ,1.,,.,.ni,.b.tit.l.11.,.8.tlt.16.lib.a.l.1,+. ,i,.11. J.7.1it.1&. b./il,, (JJ 1..,. ,,... (e) i /.7.slos. (o) b.,;,.

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