Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
Libro quinto~ Titulo segundo. LE 1 11 I samientos, i obligaciones, que en ellos se han • introducido, .se consi<leraa por carga , i gra• Como las arras las.han los.herederos de la mu- vamen de los vasallos , pues consumen las ger, 11() avienáo hijos. haciendas, -empeñan. las casas, i ayudan a Lo11uuinosalli 'ªP• 1 1. .la despoblacion deste\Reino, i por ser tan S I la muger no uviere fijo de el matrimc,- grandes, es preciso que 10· aya11 de ser las .nio, en que interviniere promission de .dotes , con lo qual se vienen a impedir, .arras, si no dispone expressameme de las di- pues .ni los hombres se atreven , ni pueden chas .ari:as, que las aya el heredero, -0 here- ..entrar .con tantas cargas en el estado del .deros (a) de j!lla, i no ~l marido, ora la mu• matrimonio , considerando que no las han ger faga testamento , o no. ,de poder susceatar con la hacienda, que tic- L E I 1 V. nen , ni las mageres se hallan con bastan– .tes d01es para poderlas suplir , de que re– .sultan otros .inconvenieates en las costum– bres , i contra la quietud de la Republica: ~rdenamos., i mandamos que en quanto a las dotes se gua~de , cumpla , i execute lo .dispuesto por 1.a lei (a) primera ,de este ti– tulo, i que en su conformidad qualquíer per– sona de qualquier estado, calidad,dignidad, o preemioencia que sea, que tuviere docien– tos mil marvedis, i de a1. arriba hasta 50~• mrs. de renca, pueda dar en dote a cada una de sus hijas legitimas hasta ·un cuento (b) de mrs. i no m.¡s : i el que .tuviere menos de Ios .dichos docientos mil mrs. de rema oo pueda dár, ni de en dote arriba de seiscientos mil mrs. i .no mas., i el que passare de los dichos quinientos mil mrs. hasta un cuento , i ,qua– .trocientos mil maravedis de renta, pueda dar un cuento i medio de mrs. de dote : i el que -tuviere un cuento i mediQ de renta , i de a, adelante , pueda -0ar en dote a cada uaa de sus hijas legitimas la reata de un año, i no mas ; con que no pueda -exceder de -doce cuentos de mrs. sin embargo que fa dicha su .renta de un año sea en mas cantidad que ta di– cha de los doce cuentos: i ansimismo que er1 quanto al excesso eo joyas, vestidos , i otras cosas , que se dan , i hacen al tiempo de el desposorio , se guarde la dicha lei , i en so conformidad qae ningtma persona de quaJ– quier estado, calidad , o .condicion que sea, pueda dar ' ni de a su esposa ' i muger en joyas, i vestidos, ni en otra cosa algun.a , mas Como la desposada ,gana Jas joyas, o .arras. J,o1 misinoa .ali i ~al· 1 f• Q Ualquier esposa , -ora sea de presente, ora sea de .futuro, suelto (a) el matri– . monio, gane (si el esposo l.a oviere be– $ldo) la mitad (b) de todo lo que el esposo la oviere dado antes (e) de consumido el ma• .trimonio,~ra sea (d) precioso, o no: i si no l.a .uviere besado , no gane nada de lo que la .ovicre dado, i tornese a los hereder-0s del es– poso , pero si qualquier dellos muriere, dt:s– pues de .consumido el matrimonio,que la mu– ger, i sus hereder.os ganen todo (e) lo que se– yendo desposados la ovo el esposo dado, no a viendo .arras {f) en el tal .casamiento, i ma– trimonio; pero si acras oviere, que sea en es– cogimiento de la muger, o de sus (g) herede– ros ( ella muerta) tomar las arras, o dexarlas, i tomar todo lo .que el marido la ovo dado, .1iendo con ella desposado : lo qual ayan de escoger dentro de veinte días .despues de re– queridos por los herederos del marido , i si no escogieren dentro del dicho termino, que los dichos herederos escojan. LEI V. ~ue se guarde la Jei primera .deste .titulo en Ja mod«acion delas dfltes, i arras,.con declar.a-– &ion de otros capítulos sobre .Jo mi.smo. D. Pb.elipc IV~ d Grande CA Machid año 1 o J· Pragin. P orque ,el excesso, i punto, a que han lle– gado los gastos, que se hacen en los ca- LEI II(•. I•) L. fr. ~ Toro, l.+. tit,1. lil,. 1· J. ,. tú. &, toa l~ ~Jit .4./i•+Fi,,rJi,:t.f,/, 9.tit.1 a../.6 .tit.1 .liJ,. ¡,FMtr.R.,11/, l.) o.,;,. 1 1,P•rt ·+· l. f. al fi,. tit.9, 1,,/;•. J.+,fl. (g) h. tit. ' LE1 IV. (•) L... Í a. ,it. ¡.I.IJ.j u.111.<;.,o,./• )• tit.11, 1,ort.4. i J.1. tit. ,, Óot liJ. ¡bJ L. J•· tl,Toro, l, 4.1i1. 1. li•-J· '-•· J• ¡ 7.1i1• •• /w. S• ÍIHr,!nz. l.¡.1i1,1Ji•,J·"'"'· de loquemontare la ottava (e) pane de la do- te, que con ella recibiere, que ha de ser eo la calidad, i forma dicha; i desde luego damos, i R1•l,l.,. i •1· rit,n.P•r•+ (,}.L.11. i ,. ,;,.,.1J.r.1i1.10. i l••• ti.t.1.P•rt.•. ¡¿¡ L.li, tit.,. li•·I• Fi,,r.R.,•l,l.~1. ,ú J• tit, 11. P••t•+· (1) L. 1. Jl1i.(d) lio"it.(f} Gu,.(a) U •11• l,i. (t) L. '. "' .,,, tú. LE! V. (•) L. r, Óo, tit. i Ai,t. +• t•p. S.f, fit. 1~ lii. 1• l~ L.,. ¡l.i.(b) lm tit, ¡,) Di1J,• /, l, Jl•1, (4) u 1111 tu.
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