Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

· 6 7 ~ Libro quarto. Titulo vigesimo quinto. - II Fletamientos, o seguros de N avios, 21 Testamentos, i codicilios abiertes, mercadur1as, o dinero, si importare mil (t) en que aya mejora de tercio, o quinto, Vin– ducad0s, i de a) arriba , sello mayor; si ba- culo, o Mayorazgo, fundacion, dotacion, xaren hasta ciento, sello segundo, i de a} o memoria perpetua, se escrivan en papel abaxo, sello qoarto. . del sello mayor ; i los demas, en que no 1, Obligaciones qde hacen los Escri- aya ninguna de las cosas referidas, sello ter• vanos de usar bien , i legalmente sus ofi- cero. · cios, quando se examinan, sello segun- 2:i · Todos los Testamentos, o codkilios do. cerrados, de qualquier gen.ero, o calidad que · 13 Protestaciones extrajudiciales , em- sean,se ayan de es~rivir en los pliegos lella- bargos, i desembargos, sello tercefo. dos con el sello quarto , enteramente, sin 14 Requerimientos para pagas de juros, quedar ninguno, que no lo este, porque ha o otras deudas, sello quarto. de servir de protocolo ; i los originales , i sao · 1 5 Escrituras de fianzas, i abonos , si cas, que se han de dar a las partes, despues fueren sobre cantidad seiíalada de mil (j) du- de abierto dicho testamento, se escrivan, se,, cados, idea) arriba, sello mayor; i si ba- gun lo quequedadispuestoen los testamentos xare hasta ciento, sello segundo ; i si de cien- abiertos : i en quanto a los dichos restameo– to,. sello quarto. · · tos cerrados, declaro que se puedan escrivir 16 Las fianzas, que no fueren sobre can- tambien en papel comun, con qoe, despues tidad (k) señalada, se escrivan en pliego se-:, de abierto, el Escrivanosaque una copia del llado, con el mismo sello, en que se escri- protocolo: escrita todos los pliegos eo papel ·· vio el contrato principal, sobre que se otor• del sello quarto; i, aviendola;testificado, la gan. ponga en el registro , con el protocolo ori- 17 Las fianzas; que se dan por los Jue- ginal; i todos los traslados, que diere signa– ces de Comission, o Ordinarios, Tutores, dos, sean en papel del ~llo quarto. Administradores , Receptores , Tesoreros, 23 · Particiones, hijuelas, i divisiones-de .Executores, Comissarios, Maestres de Naos, bienes, tassaciones, adjudicaciones, i almo– o de Plata , o otros qaalesquier Oficial~ nedas, sello tercero. sobre que admin~traran bien, i fielmente sus 24 Certificaciones, o testimonios , que oficios , i daran cuenta con pago de sus ad- se dieren por los oficios de Secretarios, Con– ministracioncs, se escriviran en el mismo tadores, o Escrivanos, o otros Ministros, o papel sellado, en que le escrivieren los titu-· Justicias, para qualquier cfeéto, sello quar– los de sus oficios. to: i es mi voluntad que todo lo dicho acer– . 18 Fianzas , obligaciones , que .se dan ca de las escrituras, i demas instrumentos sea, en el Consejo de las Ordenes, o en otro qual• i se entienda, no solo en las primeras sacas, quier Consejo , Tribunal , Comunidad , o que llaman originales, sino tambien en las Juzgado, sobre los depositos, que hacen dema& saas, o traslados, que de ellos se hi– para las pruebas de calidad , sello ma- cieren, aora se ayan otorgado antes, o des- yor pues de la fecha desta mi cedula , las quales · · . Fº d 1 ·1 · . . d blas h d · · 1 1· · 19 1anzas e as me 1qum1entas o se an e escnv1r en os p 1egos qoe quedan (/) de la segunda suplicacion, sello mayor, aplicados, i a~ignados a cada instrumento; i las de la (m) haz, i pagar juzgado (n) sen- · de forma que el primer pliego lleve el dicho tenciado, sello tercero: las de la lei de (o) sello, i los demas se puedan cscrivir en pa– Madrid, i (p) Toledo, conforme la canti- pel ordinario, sin sello ninguno: i mando dad; si de mil ( q) ducados, i de a1 arriba, se- que debaxo de un sello no se pueda escrivir Uo mayor; si de mil hasta ciento, sello se- mas que un solo (r) instrumento, de una con– gundo; i si de ciento abaxo sello quarto. textura : i por lo que toca a todos los inst.ru - 20 Los abonos &e escrivan en el mismo mentos, i despachos del.quarto sello se orde- pliego que se uvieren escrito las fianzas. na que se puedan escrivir todos los dichos ios- (•l-0111. (h, c,f, ¡t, h,í q, l J, 11t11 1,1. Ul <J/,s, ( b, c,f, ~ i l.10. til, ~,. P11,t. 7. i 1, 4- "'t· 10. ,1,. p. lif. ,. 'lttc.1. h, i,, q,) J, tstA /11. (l ) G/,s. (d) l,11, ltt• (/) L. 1. i t1J1 (1) l.. i.. lit. 19, i l, 1. tit, 10. lib.+. (1) L, 1.1/11, (i) tit. 11, ,1 ,,,; 10. lib+ (m) L. 1 ,. 1 1ig. ,;,. t 1. l. 11. , s. i i,. 11,. h, 11;,4, (9l !tt11 lii gl4,. (b, e, f, g;b, i, , 1, ) (•) Gu,. l•) ¡ ¡s.) ,,.,,, J ,·(11) L.¡,. i ,ig. 111.11. l.1 g. 17. i ,,. tit, u.. P11rl,J. i S. a. ,11p, 1. J, 11111 1,i.

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