Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
64~ Libro quarto. Titulo vigesimo tertio. cio de la Justicia, assi en la execuc::ion de ticias: i no lleven dellos mas (e) del caree– ella i en el prender, como en todo lo que se laje, quando los soltaren, sopena que, si al– les ~andare concerniente a sus oficios, i se- guno de los susodichos fuere contra lo suso– gun i como, i ·so la pena, que se contiene en dicho, i cada una cosa dello pierda el (f) la lei trece titulo oélavo libro segundo : i lo oficio , i no pueda aver otro; i demas deseo, mismo hagan lós Alguaciles , i Merinos de por razon de lo que tomaren demás de sus las Ciudades, Villas t i Lugares de nues- derechos , incurran en la pena contenida en trosReinos, i Señoríos; i si de:xaren de cum- las leyes quinta, i sexta titulo veinte i quatro plir lo que los Alcaldes, cada uno en su ju- libro.quarto puesta contra ~llos , i se pueda risdicion, les mandaren, que los Alcaldes lo probar conforme a ellas; 1 los hombres de cumplan; i si ayuda, o (b) favor, oviereD¡ los Alguaciles, que prendieren sin mandado menester, que el Concejo, a quien fuere de- de losAlcaldes, o tomaren, o llevaren de Jo5 mandado, sea tenudo de lo dar : i el Algua· presos alguna cosa contra derecho , que lo. cil, o Merino , que no quisiere cumphr el tornen (g) doblado, i paguen en emienda de mandamiento del Alcalde, o Juez, sea sus-. la deshonra, que dieron al preso por prender– penso del (e) oficio , i que no use del , hasta: le, un año de prisian en la carcel; i sino (b) que Nos lo sepamos, i mandemos sobre ello tuvieren de que pagar la pena, que los den lo que nuestra merced fuere ; i los dichos Al- cincuenta azotes a cada uno. caldes sean tenudos de nos lo hacer saber co,. mo no quisieron cumplir hasta quarenta dias, sopena de seiscientos maravedís para nuestra Camara. LEI IX. JJue los Alguaciles, i Carceleros, ni sus hom– bres no resciban de los presos cosa alguna mas de sus derechos, ni los suelten , ni ali– 'lJien prisiones, ni se las quiten , sin man– dado de los Alcaides, i 'Justicias; i f1() 1/e– 'lJtn los hombres de losAlg#aciles a los presos cosa alguna,solaspenasenestaleicontenidas. LEI X. Que los Alguacilu, ni Oficiales Eclesiasticos . no puedan traer vara, sirw guardando eJ t~– fJ(Jf de esta lei; i haciendo lo contrario , ,e . las quiebren. D,fcroando i O. babel CD Madrid año I ro, . 1 10. de Enero Pragmu. i co Madrigal año 7,, p«. u. i el Emperador O. Carlos CD Vall¡doüd aúo I r4a. pct. 1¡. ma11da guar– dar c~alc:i. P Orque algunas personas, llamandose Al• guaciles, i Merinos, i Fiscales, i Execu– torcs de los Jueces Eclesiasticos, intentan de traer varas de la misma manera,i sin diferen– D.AloDJO CD Madrid er& ¡, 7. p«, J, i co Se~o•i& era ¡ar .l.¡. i 4. i m Alcall era¡ U . tít. 1 0, l. ¡. i O. J uao U. ubi supe. cia de las que traen las nuestras Justicias; ·i i el Emperador O. C&rloscDMoli.o de llci a.úo 11'• como quier que muchas veces se les ha qui- cap, 17. oda d . . tado, t viaintentan e las traer,deloqual P OR refrenar las cobdiciasde los A1gua- se recresce a Nos deservicio, i muchodaño a ciles, i sus hombres , i los Carceleros,· nuestros Subditos, iNaturales,porque muchas i Guardas de los presos,mandamos que no to- · veces los dichos Oficiales Eclesiasticos incen– men (a) dones·, ni viandas, ni otras cosas al- tao de hecho prender, i executar en las perso– gunas de los hombres (b) presos; ni apre-. na9, i bienes delos legos, i pensando que traell mien los tales presos en las prisiones mas de las dichas varas por nuestro mandado, se les lo qne deven , ni les den malas (e) prisiones, consiente, i como quier que por las leyes ni tormento, ni otro daño por mal que.reacia, hechas por el Reí D. Juan nuestro señor, i i los despechar ; ni les den solturas , oi padre, i por Nos en las Cortes , que hicimos alivios de las prisiones que les fueren pues- en la Villa de Madrigal el año passado de mil tas por mandado de losAlcaldes; ni los suel- i quatrocientos i setenta i seis años está pro– ten sin mandado (d) de los Alcaldes, i Jus- veido que ninguno de losOficiales,iAJgoa- (J) Aut.u. tir.,. i l.64. tit.1, fl,s.(b) lii.¡. l. t+-1101.(b) i l.11. glo,.(b tir 1. loo, l,ó. l,6.tir. u.lib.s.lt1&. i l.¡ .1i1.1 1, P•rr.7. (, ) '-lf· 1i1.s. lió.i. Lll IX (• ) L. 7. i 1J,1it.14. lib.,. 0 ,,1,,.. l, u. ti,.14. l.1¡. i 14.1i,.,, P •r1.7.il. ¡ . 1i1.1,.P•rt.¡, l .J,tü,1+hK lió. (ój L,1,, rit. ¡. l ib. 1. /.. u ,ilos. (el i (d) /o,c ,,,. (t i L, ¡. tit.i.4. Jm lió. l. 11 . tit. i1, P•rt,7. l,i,. tit,14.lió.a., OTJ,,,, ci- l u.Ji,, tit, ('l L.s. ilu.(a) i l.u. lm tlt, l.i. tit., ,Pnt.J. (,) L., 1. h,c tit. l.14. tiq. lió.¡. /.¡. i (i. tit,i.. .b.li .,íf} Di– th• l+ t/11,(b) tit.4. lib.¡, I, u. hot tit.; l. i¡ . tir . 1.f. ú m1 lib, (ll L.7. hot tit. l.4. tit. 4. m .¡. l, 1 ¡. i , ... boc til. l.s. ,;,.,.1. ,,. ,;,.,. P.,,.7. (hl L. u.,;,. 1- ui. .._ .,.""· Yn,,. l,1.. 1/11.(b) 1i1. 11, lió. s. /. a.,;,. 1. l. 1. tit. a, l. f• 110,. (e) ,;,.~. l . 1.1.u,. "" l• l.,,. J,l a1til1,
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