Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
57~ . . _ Libro qíiarto. Titulo sexto. ni esté les sea (e).'prorogado, ni gelo puedan probare prime(amente que-aq~ellos testig~ prorogar, ni alargar: otros'i mandamos que, que nombrare, eran a la·sazon en d J.,ugar en caso que qilalquier de las partes dixei:e que do el hecho aciescio ; i esto que lo pruebe riene registros allende la Mar, seadado termi- hasta treinta (c) días. · no de seis (f) m~s, haciendo la solemnidad · LEI 111. i (g) juramemo , i dando la informacion·, i !Jue el termino ultramarino se pida juntament~ no:11brand9. los testigos, i depositando las (b) · con et termina ordinario, i no se puedapedir espensas, según i por la forma , que dispone desp~es, ni conceder. él .Derecho: i que no se pueda dár, ni de otro d El Emperador o. Cario,, i o. J11ana ni Scgoyia año ISJ&• mas termino , ni ilacion por quarto plazo, . cap. 11• ni par quinta dilacion, ni con (i) restitucion, porque en el pedir, i conceder de los ter.: ni en otra manera; i si el Juez viere en el ca- minos ultramarino~ suele aver mucha so de los seis meses para los testigos de allen• dilacion, i ·no basta lo proveido por las leyes de ~l Mar, le ponga pena (j) segun su alve- para obviar la malicia; i porque esta cesse, i ario, la qual luego deposite; i que a cada una toda dilacion : mandamos que qualquier de de las partes se de su carta de receptorla: i lo · las partes, que quisiere pedir termino ultra– contenido en esta lei mandamos que aya lugar marino para hacer probanza , lo pida junta– salvo si el termino para probar se pidiere pa~ mente (a) c::>n el termino ·ordinario; para que, ra hacer probanu en las Islas de Canaria, o si se le deviere conceder ·; goce , i corra el en qualquier dellas , o en otras Islas ; ca en termino juntamente con el termino ordina– tal caso los Jueces puedan ta~r, i tasse·~ el rio luego; i q~e, no ·avieQdo pedido el dicho terrriino, que segun la distancia de la tierra, i termino ultramarino, seg:m dicho es , no le de la calidad de la causa les paresciere que pueda despues ser concedido. devan tassar , añadiendo , o menguando (k} · dd dicho termino. LEI IV~ LEI II. JJue pone el termino ultramarino, que se deva antes del tiempo de la ~¡ passada. D. Alonso cD Alcala era de I Ju. cit. 10. J. 1. i J• ,QUandoehiemandador para probar lade– manda; o el éiemandado para probar su defension, dixeren que tienen testigos allende la Mar, o fuera del Reino, mandamos ~ué el J úez no les de mas plazo de seis meses {a) par.a traer ante el los testigos, o los dichos idellos;pero si viere el Juez que la prueba se .puede hacer en tiempo mas brevé, que le d~ ·plazo segun (b) su alvedrio, _en que entendie– ;re que se puede hacer la probanza : i porque .en .los plazos·para lillende la Mar, o fuera del ;Reino,no pueda ser hecha malicia, o alonga– ,miento, mandamos que estos plaZ9s no sean otorgados a la parte, que lo pidiere, salvo ii , . (,l Z.. r. tit.~. b. lii.1. J·; H• tít. 1 f• 111,t. J·; 1Tn. (e) 1,., 1,,.. (/) L.1. i ¡.bonit. l. H· 11/fiuit. 16. P11rt.J.J,;,; 1i1.11. li•• ¡. Oril. (.f) L.. 1.1/11. (gl i (e) tít. ~- lm ül. l. ,. tit.4. lil,.1.Fu1r.J•t.t·l.1¡. i 14,tit.16.P11rt.¡. (b) L.¡,rl11.(c) J. +-1lo1. fe) í l,r. tldl. (I>) tit.¡. hó, lil,. "" '" 1. J, 1it1 tii, }ll L,1-it11.(a)/,-.,1/os.(4lti1.1. l1.liP. i l. J• tit. a. ,l, ,1, ( j) L.¡, ,i,.s. /m lib. ; 1/01.¡n) •• "'" (t) L. 1. ,111.¡b) tit+ _botlib. A#t.r 6. ,.p.6: ti,.1. /i/,. ¡. i 1101.(e) J, 11t• úi. l:t.l lt. (•) L.1. i J• tit • I r. Jil,. J OrJ11J11m. i J. 1. fÚt.(f) lu• ,,,. (1') L.1.1/11. lk)hot tít. i ,icl,,. l. J• tit. 11, li•. J• 0,,1,,..,,,. Aut.11. 111p. ·1•.ll11t. 16. '"1· ,. tii.~. lil.j.(1) Di- lJueM/e resciba a prueva de cosa, que, proba::, da, no ha· de aprovecbar. • S I alguno razonare alguna cosa en pleito, i dixere que lo quiere·probar, si la razoa fuere'tal que aunque lo probasse (a).no le por dría aprovechar en su pleito, ni dañar a laotra parte, el Juez no resdba la tal probanza, i si la rescibiere, .que no vala. , . · LE.1 V. · !Jue no sepuedabacerprobam.aenprimera ins.r, tanela, fecba publitacion. ·' 0. Alonso CD AlcaJa era t JU. tit, 10, Jci. 4- P ÜR evitar que no secorrompan los testi– gos por las partes· , mandamos que ; si ~os tes~igos fueren rescebidos:como deyen, ¡ por"qu1en deven, que despues de publicados (a)_no puedan ser tomados, ni traídos otros el} primcra(b) instancia;salvo por (e) restitucion, C8 ••• ,., • •l fi• tit. u. lib+ o,,u,.,.;,,. ; 1. )·'""' ,;,. !.EL lll. I•) L. H-IÍl,1 6. P11r1.,..l.1, j 1. J,,. tit. l.1.tit.u. J,. li•.; l. a. li1.1 l. lib. ,. ó,J. · · Lt.l lV. I•) L.a. tit.l l.~.,. o,JJ.,s. ,;,. a. l~••• F.,,.. a,,.J, l.n. ti1.1,.P11rt.J.l·H•1/,s. (m) tit.7.JiP.,.&,:l.1,i,. tit.u.l.11. tit.11.lib.,. LEI V.(•) 4+ m.. 11. l.~ .tiu.ll#. ,.O,llt1t111'1,I.J4-tit.1,. /.,. tit.11. P11rt.;.l.17. tit.11. J.~o. t1t. u. li•. 1. A"-'- 4- ,i,.9./.¡. tit. &,. J, m, libJ.10.•I fir, b.tit. /•) Di,b• l.,..tit.~. ~, 1111 lib. i l:JI, ti~.U. l•rt. S•. (,) L.¡. 1it.a.l.f, i ,.,it.¡, ,t, "" lib•.
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