Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

500 Libro tercero. Titulo duodecimo. TITULO DUODECIMO. DEL ARANCEL DI!. LOS DERECHOS de los Escrivanos de los Alcaides de.Sacas. LEI UNICA•. D. femando, i O, Isabel eo Alcalá año 1 ¡o J• a 10. de Abril Pragmati,a. M Andamos que los nuestros Escrivanos de los Alcaldes de las Sacas de cosas vedadas lleven los derechos ( a) de yuso con– tenidos, no embargante qualquier uso , i cos– tumbre , que ayan tenido de llevar, aunque sea inmemorial , i qualquier arancel, que ten– gan, aunque este confirmado por elRei nues– uo padre ; i que en los Lugares., do se uviere acostumbrado llevar (b) menos de lo aqui. con– tenido , aquello se lleve, i no mas; i que de las cosas, que no se uvieren acostumbrado de llevar derechos, no se lleven: i que el Escri– vano, que llevare mas de lo aquí contenido• por la primera vez torne lo que uviere lleva– do con las setenas dello, la mitad para la Camara, i la otra quarta para el acusador, i la otra para el Juez, que lo sentenciare, o exectitare ; i por la segunda la pena sea do- blada , i privado del oficio, · 1 Primeramente que del escrev-ir , i re– gistrar (e) de cada bestia caballar, o mular, tn los Lugares , donde se ha acostumbrado escrevir, lleve el Escrivano, sino diere testi– monio unmaravcd'i, quier sean de los que es– t)n dentro de las doce leguas de los fines , i mojones destos mis Reinos, i de foera de– llos, o salieren dellos, quier las metan, osa-. quen mis Subditos, iNat11rales, quier Estran– geros; pero-si -el dicho Escrivano diere. tes– timonio, agora sea para andar con las dichas bestias dentro de las dichas doce leguas, ágora para salir fuera dellas, i andar en es– tos mis Reinos, o salir dellos , quier sea el dicho testimonio con fianzas, o sin ellas, que, donde no se ha acostumbrado llevar menos, lleve el dicho Escrivano de Sacas seis ma- Ltt UNICA (,\ .Ai,t. 1, í 1, tít. 10. ho, u•. (b) L. ,,,,;,. ¡los, ('o) tit. 10. bo, li/,, ,.p. 1. ,/fin un ,1 "'t· 4· h4' l,1, l. l1•tl11. (a) tit:-+· l,odib.(,) L. a, slo,. (g) ~it. 11. ho, lib. ;l., u, tít. 1&, l1t. 6, (d) Glos. (b) ¿,,,tlf /11. (,) L.,.glos,(b) ravedís, i no mas, assi a los Estrangeros, co.. mo a los Naturales, i que donde menos d) se ha acostumbrado lkvar, que se lleve(lo acostumbrado, i no mas. :2 Otros). que por el escrevir del ganado (e) ovejuno, bacuno, o cabruno, o porcu– no, que han de escrevir los que lo uvieren dentro de las dichas doce léguas de los fines, i mojones de estos mis Reinos , donde estao ~ costumbre de los efcrevir, que el dicho Escrivano de las Sacas no tome , ni Ueve cosa alguna; pero por el testimonio,que die– re a los dueños de los dichos ganados, que es– criviere, que de la persona, que tuviere cien cabezas , i dende arriba de ganado ovejwio, o cabruno, o porcuno, que lleven dos mara– vedís, i no mas; i de fa persona , que tuvie– re cien cabezas, i de:1de abaxo, no lleven na~ da; i de la persona , que tuviere de mil ca– bezas arriba, lleve quatro maravedís, i no mas; i de la persona, que tuviere ganado ha– cuno de treinta cabezas arriba hasta ciento, que lleven dos maravedís, i no mas; i la persona,que tuviere treinta cabezas, i dende abaxo, que no lleve cosa alguna; i de la persona que tuviere de cien cabezas arriba hasta mil, que lleve quatro maravedis, i no mas; i de mil cabezas arriba, que lleve seis maravedís, i no mas; i donde se ha acos– tumbrado llevar menos, que se lleve lo acos– tumbrado, i no mas; i donde no se ha acos– tumbrado pagar derechos de lo susodicho, que no se paguen. 3 Otros1 mandamos que del dinero, que sacan para sus mantenimientos los que van fue- · ra destos Reinos , conforme a la lei (f) por Nos hecha en las Cortes de Tuledo, quier sean Naturales, quier Estrangeros , que lle– ve el dicho Escrivano de las Sacas de cada persona, que sacare el dicho dinero , por el ~valá, i por todas las diligencias, i juramen- to l. 8. glu.(d) i (h} tit, 11, ho, lib.l. 11. lit.1 l. lil,.6J+'"t-47• i O, tit, ¡ 1. lil,. 9. (/) L,S,9.~r. i (• tit.18, li••6. i .A111,r. ,.p. tm11ltim, tít. U, li•• 1 • Í /, U, Át il, i AMt, 1, i 1. ÁI "'' tit•I•,

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