Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

De la lnstruccion·, i leyes de los Assistentes, &c. 4 6 1 mandamos hacer cerca de los .que han ·sa1ido de los esmdios, antes de. aver estt1diado· el tie~po por Nos ordenado, i .que no lleve Alr caldes, ni AlgqaciJes, que persona alguna de nuestra ~orce, ni de fuer~ della Je diere (f) por ruego, salvo que escoJa (g) el que enten– diere .que.le ~umple para descargo· de · su consc1enc1a , 1 para la buena administracion de. la justicia ; por los qualeuea obligado a dar cuenta, i razon, i satisfacer (b) lo que el!~ hicieren, salvo en caso que los eatre– gare, como el derecho quiere. LEI 111. !Jue el, ni SU$ Oficiales, i Familiares no s_ean Abogados, ni Procuradores en su jurisdi– cion, ni a,udaran en pleit()alguno, saivo si. fuere en fawr de su jurlsdicion, <><Jel bien puhliC(), i esto tk valde. Alli cap. J.• º Tros1 ,mandamos que el tal Assistente,. o Govemador, _o Couegidor ; ni sus Oficiales, ni familiares, no (a) sean Aboga– dos, ni Procoradores ,ni (b) Solicitadores de los pleitos' i causas' que dentro del termino de su jurisgicion se trataren' ni ayudaran a persona, que sea -de fuera de su jurisdicion,. aunque el negocio se trate en su jurísdicion, o fuera dcUa, ante otros Jueces Seglares,. ni Eclesiasticos ; pero que el Assistente, o Go– vernador, o O>rregidor, o su Alcalde pue– dan aJudar en f~vor de·sujurisdicion, odel bien(~) publico, no llevando por ello dine– ro, so pena que si algo por ello llevare , lo torne con el doblo para la nuestra Camara.. LEI IV.. Que no tengan·Ojkiales vecinos,. ni natura/e~ de./a tierra, ni parientes, ni afines, sin li 4 cencia , ni lle'lJen Oficiales pfJr ruego ; i que los Tenientes, i AJcakles ayan estudi~ et tiempo d~ la Pragmatica. . . Alli cap. -+• i o. Pbclipc n. e-n. Toledo año de ,o. r. e.n que n~ tengan ~lcaldes, ni (a). Te– memes, 01 Alguaciles,que sean vecmos, ni (ó) naturales de la tierra que ~eva en. car– go; i que los busque ellos(c)me.JOres, 1: mas saficientes, que pudiere aver para los car– gos, que les diere; que oo seao sus parientes ( d) dentrodel guano grado del dicho Assi.s– tente··, o Juez deResidencia, o sus Alcaldes Mayores, o Tenientes·, ni sus yeroos, ni. eu– ñados; casados con sus hermanas , o herma- . nas de sus mug~es ,. sin nuestra licencia, i mandado, sopena que pierda el tercio de su $éllario: i otrost guarde la(e) Pragmatica,que LEI Jll. (•) .t.17.i 11. tit~5.f.11.tit,+.l:5. tít. u.(.,. tit.U.. l.1 J• tit.17. l.1J .IÍ1.15.li• •i.l.,.1i1.,. h~ ljl,.i l.p. ,;,. 1 • ¡;1,.-,. <•l Z..¡o. 1i,.,. li/,.1. 'A11r:7. , .. p.17.tit.J.li; .,.; 1.,,. ~,-.-.s.1it,1.Jih.,. ¡,)L. 1¡. ,;,. 16. liba. Uil lV. (•) L.10. tit.f. l,ot li•. [b) L. 1. ut. 14. Y•rt• .... l. p .. ,;,. a.. P•rt.¡. l.11: ,;,. 1 a. P•rt.1.; l.¡. ,1,,.[e) ,;,.., ...I• •,,. ,a. (,) L.10.,i.,.¡a) 1.16. ,;,.¡. "" ''': j ,,.,. (g) "' ,,,,. J,;. ('J L. ~. tir. u. P•rt. 7. I, J+ lm m. l. 1)1. ,,.,. (a) LEI V. !Ju, kJs oficios suspendidos norum dellos otra.1 pers()fJaS, sinq sus Oficiales. Allí cap. !• . , º Tros1, que los oficios, que por la carta; que llevan, mandamos que esten( a) SUS• · pendidos, para que el, i sus Oficiales los ten– gan, !}O darao lugar que o.tro._los teng.r, ni use dellos , salvo ~1, i sus Oficiales , .como por nuestra carta-le fuere mandado. LEI VI. !Jue· viµten los.termi,sos' í bagan reltftuJr los ocupados, i '1agan exeélJtar.. /as. sentenciM dadas. sobre ello; i .visiten la tier.rauna vez en. el año, i visitando ,no se·ocupen en cau- sas civiles. · Cay.6'.. * ef E~orD.·<:arl~, í D. Jaa1uá en Ser;oria año J 1,. cap.,,-., en Vailadolid ano f7• pet. 41. lot mi,1110, . en Toledo ailo 15, ,. pee. +· . º Tros1,. les mandamos que dende el dia, que fueren al Lugar, donde hao de ser rescebidos , hasta sesenta días, de su oficio se .informen con mocha diligencia deJassenten- cias, que son dadas en favor del tal Lugar sobre (a) los terminos del, i de su tierra,i en cuyo poder han estado , i estan,. i las hagan . prescer ame SI, i saquen la copia dellas; ¡·se i_nformen quales dellas estan executadas , i si despoes de.exeeutadas entraron en los tales terrninos las personas , que los tenian antes, o otros , contra el tenor de las tales senten– cias; j que las hagan luego executar, i de– xar los iale_s termmos libres ,. i !iesembarga- dos, ª ·+!· tit.r-li,. 1.ÍÁ11t.10. tí,.,.lib.1. (,l r..,:,;,.9.b,elii. ,.,,,., slos. i l,1,r. ,;,.17. lib.1. tlos. (e) l. 1. g/11. (•) ,;,. 16. j l,4.gJos ~d; til.¡. ll1 .l. (/} 1.. #lt. tit. fi•. lib. X, l. 7. s 8. tít.t.. lib.7. l. 1,5. glot.(a) i (o) 111.4. l,b. ,. (tl Est• l.1l01. (e). ,.,. s..; 10. ti,. 1.""' lib. thi L..,. ,it. 1 • h4, 1;1,.; 1. ,. 1 1.¡bJ 111.c ,,,. ,;,. i t.1. m.,. lib.,. . • LEl V. (•) L.,¡. tit,f , hu lil,. i A11t.1.,•,.1,o. h,,·,;,• Ltl Vl. (•) L.16.tit.J.b.lib.l.¡.tit.7Jii.7.l.'1., ;,.4. h.l~. ¿

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