Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

De los Adelantados , i Merinos. . 4 3 9 Lugares; i la tassacion (x, 2.) de las dichas dar de bueyes, manda!lloS se les den las car- . casas se haga por dos personas~ l.a una.no ~- retas , que e~ta dicho que se les avían de dar, bracJa por el Alcalde Mayor , 1 la otra por dobladas ; 1 por cada carreta de bueyes se el dueño. de la casa, i en discordia entre uno ayan de pagar cinco reales por cada día: de los Alcaldes Ordinarios del Lugar, don- Iten que todos los dias, que duNre la ida es– de estuvieren ; i. lo que los dos ·determina- tada , i buelta a su casa desde que sale~ de ren en conformidad , se cumpla , i execute, ellas , se les aya de pagar el dicho salario sin embargo de apelacion , ni otro remedio i que a .q~!quier pane que se.aya de muda: alguno. . el Aud1enc1a de cada Adelantamiento, aun- 1 en qua~to a las (y, 2.) ca:retas, que no ~~ de cinco leguas, se aya de con– que se han de dar a los Alcaldes Mayores, tar un dtl4, e todos los demas·, que se de– ¡ a los Oficiales de su~ Audiencias para las tuvieren , desde que salieren de sus casas, dichas mudan~as., mandamos que ~e den de hasta bolver a ellas: Iten que , antes que esta manera : a cada uno de los dichos Al- partan del Lugar , donde esta.el Audiencia caldes Mayores , como por la dicha leí se al tie~po de la mudanza se les aya de. pa: les mandaban dar dos carretas , se les pue- gar lo que montare el camino de ida , esra-. dan dar cinco : a cada uno de los.E~riva- da , i buelta, i detenencia , si la uviere:· nos de las Audiencias , como se les daba una i en quanto a las· bestias , que suelen · e carreta , les puedan ·dar hasta quatro , i no acosrnmbran repartir , i sacar para las di.. mas : a cada uno de los quatro Alguaciles, chas mudanzas los Alcaldes Mayores del que esta mandado que aya en cada uno de. Adelantamiento del dicho Partido de Bur– los dichos Adt;lantamientos ; como se les g0s , mandamos que no se repartan las di.. mandaba dar pQr la dicha leí una carreta, chas bestias , ni las saquen , ni tomen por se les puedan dar tré~ , i no mas ; para lle- fuerza para las dichas mudanzas para ellos, var la carcel en cada uno de los dichos Ade- ni para sus Oficiales: i fos Alcaldes Mayores lantamientos se den las carretas , que fuere guarden, i cumplan, i hagan guardar, i cum– necessario para llevar los presos, estrados, i plir lo que dicho es acerca de las posadas, i prisiones ; .con que las c:arretas , que se die- carretas, que les han de dar a ellos, i a los ren Nra.esto, no puedan servir en otros mi- ~ini~os ~e sus Audiencias, sin que puedan nisterios: a los Abogados, que andan en las 1r, 01 venir ·contra ello en m~ntra alguna, Audienci~s de los dichos Adelantamientos, al ni por dec~ .que lo hizo otra personá , so– que mas carretas se uvieren <le dar, s~ den pena de privacion de oficio, i mas ~incuen– tres : a los 'Procurado~s , i Rtceptorés, i al ta mil maravedis para nuestra Camara por que hiciere el oficio de Repanidor, i Tassa- cada caso , i capitulo, en que·contravinieren; · dor , andando con sus casas con el Audien- i que este sea avído , i se ~celara por caso, cía, no se les puedan dar mas de dos carre- en que· han de poder ser convencidos , i tas a cada uno : al Depositario General , o condenados antes de la residencia , i' estando sn Teniente de cada uno de los dichos Ade- en los oficios. · lantamientos, residiendo en el Audiencia, no 23 La lei setenta i cinco de este' titulo, se puedan dar mas de tres carretas, con que, que dispone que se remedien los agravios, haciendo el oficio deDepositario General al- que reciben los Lugares de nuestra Corona gun Oficial del Audiencia, no se le den car- Real, sujetos en la jurisdícioo a algunos Lu– retas mas de por uno de los dichas oficios: gares de Señorto, no· se guarda, como con– que a otro nrnguno se puedan dar carretas, viene , por los Alcaldes Mayores del Ade– ni mas de las dichas ; i que por cada carrC'- lantamiemo del Partido de Burgos , antes ta de tres mulas se aya de pagar doce reales, somos informados que nuestros vassallos de por cada día ; i en los Adelantamientos de loS' Lugares de la Merindad de Burevá, que· Leon , porque las carretas son de bueyes , i parece estar sujetos a los Alcaldes Ordinarios no mulas , i en el Partido de Burgos , que, de la VilJa de Birbiesca, son vexados, i rno• no aviendo carretas de mulas , se las han de !estados en muchas cosas, llevandoles asses,. so- (%,1.) L.48, Just, .,;,, i_J.11, ~it. 6, ti~ 1tt1 lib. '°'' tollo L.¡6. ,, me tit, l,6, in fin.'°" 11 AHt,r.i 1, tit,10,Á•t. J, ., #il,iJ Jil,,6,4•t.1. , 1, ,,,.10., ,l J,6., s.,,,.,i. .dul.tr, 1.) ,. i&. ,;,. +· lib. 6, . ·,

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