Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
~ 36 Libro tercero, Titulo qli_arto. , reparúdos entre todos los negocios, ansi- ci- Alguaciles de tos dichos Adelantamientos, i viles , como criminales , con que en los exe- que part_e de ellas llevaron -los .AlcaldesMa.. cmivos·, en los Lugares qe las cinco leguas; yores, e que muchas veces se buelven a e<r donde no se deviere, o cobrare decima de la brar las tales decimas, .por averse perdido ral execucion , o por costumbre , o porque las cartas de pago ; i para que , en caso que el executado requiere con el dinero dentro se manden bolver , i restituir las dichas de– de las veinte (i,~.) i quatro horas, confor- cimas , se sepa el que las ha de pagar, e no me a la lei de cada travamiento de execu- se hagan pleitos sobre ello : mandam~ que cion, o pago, que hiciere, aunque sea con- las cuentas (k,~.)de lo.sdichos Alcaldes Ma– tra muchas personas, i en d iferentes bienes, yores con sus Alguaciles, en razon .de las no puedan exceder de quatro reales, aun- decil'nas, i otros derechos de execuciones, que sea uno solo el execut:ido , i con pagar se hagan con toda claridad de todo lo que los dichos quatro reaks, ansi por la ida, co- cobran los dichos Alguaciles, e reciben los mo por la estada, i buelra , no se pueda11 dkhos Alcaldes Mayores, i de quien lo re– cobrar mas de los dichos quatro reales , no ciben , o cobran, e para en cuenta de qua– siendo de tal calidad la dicha execucion , o les execuciones, sin encubrir cosa alguna, pago , que requiera mucha ocupacioi:i , que i de loque cada uno Ueva por su parte; ique en tste caso han de llevar lo que fuere tas- las tales cuentas passen ,por ante el Escriva– sado' l>Or el Alcalde Mayor, sin que el pue-. no mas antiguo de los tres de las dichas-Au– da exceder de los dic:hos quatrocientos ma- diencias , en cuyo poder ayan de quedar en ravedis, i esto no llevando los dichos , Al- registro otorgadas en forma, i tengan.(J,2,) guaciles otros negocios, porque llevando,.. libro, en que las assienten, para que por los , se ha de repartir el salario de los di- ellos conste en todo tiempo de lo susodicho; chos quátrocieotos maravedis. por tod~ : i i las partes , a quien toca, puedan sacar lo mandamos que los tales Alcaldes. Mayores que les conviniere: i mandamos que los dichos no puedan proveer Alguaciles , para hacer Alcaldes Mayores , e Alguaciles lo ~umplan prisiones , sino fuere~ pedimento de las par- sin fraude, ni encubierta alguna ,.sopena de tes querellantes , ea su costa ~- excepto en un año de swpensioo de sus oficios , e pa– los negoci~ , en que proceden de oficio, oa gar con el quatrotanto para nuestra Camara pedimento del Fiscal ; i que estando algun lo que encubrieren. Alguacil entendiendo en negocios _en algu• . 16 Por la lei quarenta i una de este titu• 110 de los Lugares de los dichos Adelanta• lo se manda que, quando algun .tercero se mientos, se le cometan U,2.) los demas ne- opusiere a alguna execucion, luego se resci– gocios, que alli se ovieren de hacer , i no ba (m,~.) el negocio a prueba con termino se embie otro de nuevo; lo qual mandam~ ordinario, i algunos de los dich~ AlcaJ– que guarden, e cumplan los dichos Alcaldes des Mayores no lo han guardado, que es Mayóres, e Alguaciles, cada uno por lo que causa de perder su justicia los opositores; le toca, sopena de suspension de oficio por por no poder mostrar de su derecho en tan lln año, i de pagar con el quatrotanto la breve tiempo como se les da: porque man– cantidad , en que excedieren , para nuestra damos que los dichos Alcaldes Mayores Camara: i mandamos que los Escrivanos de guarden lo dispuesto por la dicha lei, sope– las dichas Audiencias ho despachen los di- na de cincuenta mil maravedís para nuestra 'chos mandamientos de prision en sus oficios, Camara por cada vez que lo concrariQ hi- sino fuere a pedimento de las partes que- cieren. · rellames, i a su costa, como esta dicho, . 17 Ansimismo mandamosquelosAkal~ sopena que sean suspendidos de oficio por des Mayores de los dichosAdelantamientos, un aiío. especialmente los del Partido de Burgos , i 1 5 Otros) , porque cessen los inconve- Campos,.no den, ni provean de aquí adelante nienres, que se han seguido por no hallar- los(n,2.) mandamientos, que han acostum– se claridad de las dccimas , que cobran los brado a dar, que Jlaman de Alguacil , ~ de Me- . (l,1.) t. ¡o. tit.u, li&.4. f.n, u, i p, ,letl, i l.qJ,,tit, 1.4. 1n1f §, fL,,.) L,66, .fl,(a) i <(1, il-(b) J,, tit, (M,1.J L. •'· (7,1,) L,J,tl,(c) 1ir.11.lib.1. (K,1,) L,¡'J, .fl,(b) h.,;,, i ""' I, tl,(a) i (b) i l. 41o,sl.(a) '1.tit, (N,1,I L.i+tl11. (a) lui,.
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