Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
4 3Q'· ·"í.ilbrÓ tercero. Titulo quário; . : _ t~ dispo~o que los dichos Alcaldes Mayo-' s_iento aya de ir a las Villas de Grafion, o Ve~ res se muden de on Lugar a otro con ,us lorado, e desde alli a la Villa de· Fuentepí.; Audiencias de quatro en quatro meses, te- · niHa, o Lugar de Fresno., el que eligiere pa~ 11iendo ·resped~> a visitar en el tiempo de su· ra ·assiemo de su Audiencia: e desde el_ di– oficio teda su Provincia, lo qual no se ha cho assiento buelva al primero , que esta di· guardado · en ninguno · de los· dichos .Ade- cho, discurriendo por los derras por el orden Jantatnicntos: e de la dicha Visita resulta es,;.- declarado. tarse algunos dé los dichos Alcaldes May~ · §.ll. En el Adelantamiento de Campos se res quince, i diez i seis meses en 1:1n Lugar, señala por as~iemo la Villa de Villalon, o de r :seF :n~ssarias provisiones nuestras para. Cuenca de Campos, a eleccion del Alcalde qúc.~aJgan ·de el , e bc:>lverse quando les pa- Mayor : e de alli ·passados los seis meses, l"éCe, sin -hacer las mudanzas mas de para . aya de ir a la Villa de Palacios: e de alli aya Jo qué es su comodidad, sin tener respeto a· de ir a la Villa de Castro-Nuño, o otra d~ discurrir p:>r sus distritos, i cumplir con lo· la 0 Jmarca: e de alli a la de Fuentes de Na~ ~u~-soo ebligados : e que · assimismo suele va, o Paredes de Nava: e de~de el dicho Aver diferencia entre los Oficiales de IasAu- assiento a la Villa de Torquemáda, o de y¡.. dienthts, pretendiendo cada uno que vaya llamediana, o de Ossorno: i avirndo estado al-Ltigat, qoe les esta bien para sus hacien.: los seis meses, buelvaal primer assiento, que tfas,, i grangedas, i otros inconvenientes,que eEta dicho , discurriendo por los de– le-¡eguirian de hacer mudanzas de qual'ro en mas. t}~tro meses ,com? por la d icha lei se man- §.III. En el Adelantamiento de Leon se da: -i pau qt1e todos cessen , mandamos que ~ñaia por primer assiento- la Villa de Vi112.. ~ rfilidant.as de las Audiencias las ayan de mañan ,o Villademor, o de Lagunas de.Ne.. ka oer: los dich os Alcaldes Mayores, e cada· grillos, a eleccion del Alcalde Mayor: e cum– ano·deUós,'de seis(c) en seis meses, de ma- plidos los seis meses, desde alli aya de ir a aer.a que en cada un año se muden dos ve- la Villa de Santa Marina del Rei: i de la ·~,en. el mes de Marzo la .una , i en di dicha Villa aya de mudar el Audiencia a la *1CS- de Septiembre la-otra ., sin que fas pue-: Villa de ViUafrauca del Bierzo: e de allí jQil anticipar .¡ ni alargar, , por ningun ·caso aya de ir a la. Villa de Labañeza : i desde ~t, sea , aunque se espere, o venga Alcalde aquel assiento buelva al primer assiento, que Mayor de nll'IJV-0, ó Juez de Residencia , ni esta señalado, i discurra por· los demas poc. por otro· ningan caso : i mandamos que de el orden que esta dicho : i mandamos que los ~i- adelante -aya · Lugares s~ñalados para dichos Akaldes Mayores no puedan hacer ás:siento de las dichas Audiencias,. sin que mudaµza en 1~ dichos ass.ientos, ni variar- 10s.A!lcaldcs mayores puedan mudarlos, por los , mudando el orden dicho, por ninguna birip ~o .que sea, sin especial . mandato causa, ni razon, que para ello. tengan; i que nu(siro : e los Lu~res, que para el dichó ttna vez elegido por assiento alguna de tar ~ se, señalan,'.son los siguientes. dichas Villas , en·que se les da eleccion, no - .:·§~ L En el Adelantamiento .de :Burgos se se pueda mudar a otra en manera alguna, si!l flfialá por primer assiento(a')laVilla deAren- expressa licencia nuestra : i mandamos que .z1u1a <Je Abaxo, o la de Huercanos, que el todo lo que dicho es, e cada cosa, i parte :Atalde Mayor pueda elegir la una, o lao,rá aello, lo guarden, e cumplan los dichos Al'"': -para.assiento de su Audiencia los dichos seis caldes Mayores, que SOi) , o .fueren, sopena dlesc!6,~ desde-el dicho assiento, que se uvic• de suspension de oficio por dos afios; i qµ(! ffbecho eA una de fas dichas Villas , se aya RO se les·libre- el salario de sus oficios, ~ino. -de'mudat' a la-V i~1a de -Tordajos, o de Santi- fuere constando por testimonio aver cumpl i– :bañ~~·, -0 de Celada d el Camino., .a eleccion do lo que toca a las dichas mudaIV..as : ¡ del ~ichoAJsaldeM~yor,que en una dedl~ mandamos' que nuestros C:ontadores May(K9 ~fa'de estar otros ·seis meses: e desde e[ ~1- res lo hagan apumat ans1 en nuestro~ . lh :cho assiemo se aya de mudar con su Audien- bro3. · -tia a la Villa de Ai1lon : e desde el dicho as- 3 O.ros) se manda por la.dicha lci vein- tt (,) L.~o. gln. (a) i (b} Át es~, 1il. (,I} C•/: t 9, tl, lltA Jti.
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