Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
·.De los Adelantados , i Merinos. ~P9 ni tomen la diahaseguridad,sopena que bol: LEI XL'll. . . verin lo que llevaren con el quatro tanto: 1 · porque paresce que los Alguaciles que van !Jue pedidala e$ecucion sobre las QjJQsícion,s, a hacer execuciones a Lugares, donde no se que se bici~en , no sea emplazado el acree- deve decima, lle•van de salario en Burgos, i (/()1' , sino que el Escrivanp faga la diligen- Palencia tres real1!s, i en Leon sesenta mara- cia de esta lei. vedis, no pudiendo llevar mas salario de lo pOrque en el Partido de Burgos se acos-, que el arancel manda , que son cinco marave-. rumbra, que quando·uo tercero iie opo– dis por legua: ma.ndamos que guarden el ne a una execucion, no le resciben a· prueba arancel , que nolleven mas .de lo en el con te- (a) della hasta que emplazan al acreedor, i nido, i que repartan el dicho salario, i dere- ~raesto le mandan dar ua mandaqiiento, que chos por todos los executados; i que los E$- d1cen de autos, de loqual resultan muchos in• crivanos, que van con e.Uos, no llevenporen- convenientes, porque es mui costoso para los t~o el salario (b) del car.nino de cada uno de opositores emplazar a los acreedores, que pi– los execntados,aunque hagan muchas execu- den las execuciones, que ordinariamente son ciones en un Lugar: i po.rque en el Partido Merchantes, o personas,.que no se pueden fa:.. de Palencia se ha llevado por el Escrivano un cilmente hallar, i los opositores comunmente rea! por ordinario de cada execucion por el son mugeres pobres , i en el entretanto estan camino, i autos della, i doce ·maravedís pór los executados presos , i a veces se mueren el remate : mandamos que los dichos Algua- en las carceles: porende mandamos que de ciles, i Escrivanos lleven sus derechos, i los aqui adelante no se hagan los tales (b) em– repartan segun , i como el arancel lo manda, plazamientos ; i que quando los acreedores sopena que todo· 10 que mas llevaren lo buel- pidieren las execuciones, los emplace el Es– van con el quatrotamo ; i que los dichos Es- crivano para todos los autos , i oposicio– crivanos, r Alguaciles ál pie de los Autos, que nes, que sucedieren, como se hace en los otros lticieren,a,ssienten (e) los derechos, que lle- Partidos de Palencia, iLeon, para que con varen del camino, delante de testigos, i co- esto los dic.hos acreedores, si vieren que les mo, i a qnien los repartieron; i assimesmo cumple, o temieren oposicion, dexen Pro– assienten si cobran algo de los deudores, so- curador ,i recaudo, paríl que les avise de las pena que todo loque no assentaren assi de sus tales oposiciones. derechos, como de las ~chas deudas, fo- pa• gucn con el quatrotanto. LEI XLL Que quando algun tercero se opone a la execu– ci~, luego sea rescebido a prueba; i que no se manden venir los testigos personalmente., M Andamos que, quando contra alguna execucion se opusiere aJgana mt1gér . por su dote, o otras personas, no se mande dar informacion sumaria , sino que resciban luego a (a) prueba con termino ordinario a los opositores por via ordinaria ; i no com– pelan a las partes a traer ante ellos (b) perso– nalmente los testigos , ni se lo manden, sope– na de inhabilitacion de oficio al que lo con– trario lúciere. (b} L,JS, tfqs. (a) Je"" tít. i/.19, tít.11, líh+ (,J L.1+ .,.,. (f) h°' tit.i l.1&. '"'·Jº· tit.19. lib.... LEl XU. 1-'} l.. 1,, '-'t• 16.J. 41.i ..,. h" tít. {J) L, 1¡. ,;,. JI. lif., ... Tom. I. LEI XLIII. !)ue no se lleve real de mandar hacer remate, ni se haga e:,;ecucion en bestias de arar. P Orque paresce que qualquier auto, en que los dichosAlcaldes Mayores man– dan hacer trance, i remate de los bienes exe:– cutados, llevan (a)un real como de sentencia difinitiva, aunque aya llevado primero la de– cima de la execucion., lo qual es contra de– recho, especialmente quando no uvo(b) opo– sicion, o quando la uvo, no se hiw proban– za sobre ella: porende mandamos que de aquí adelante los dichos Alcaldes Mayores no lle• ven el dicho real, que conforme al capitulo de Cortes pueden llevar por . las senten~ias difiinitivas, de las sentencias de trance\ i remate , en que no oviere oposicion , i pro- ban– LEl :XLI!.(-') L. ,p. glo,. (~} i l. 79. "'!· 16. •• 111, tir. (•) C.,¡ 6 glos, (<) h.tit, /.9. , 18.tit.8Jib.1.I. ¡ .i +• tit+ lib.4- L f.l XLIU. (-') L.11. i 11• tit.11. lib.4-. i l.¡ 1.tí1.6, h" ¡¡;, (i) L.41. gl•s• (a) i (b) ; +~• g/01. (•) h.. 1i1, . Ggg, .
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