Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
4 t ~ Libro tercero. ·Titulo quarto. . . .. . no se guarda: mandamos a los dichos Akal- las costas al culpado, i se declare assi en tos · des Mayores que guarden, i cumplan el dicho mandamientos, que llevare_n 2 i con que assi- · capitulo, sopena de cincuenca inil maravedis mismo los dichos Alcaldes Mayores en los ta• para la nuestra Camara c¡ida vez que fueren les casos embien sola (e) una p~rsoná, que . contra lo en el contenido : i assimismo les lleve vara , i sea Alguacil, i Escrivano, por mandamos que sobre delitos (b) liylanos no relevar de costas a las partes; i la persona, que embien Alguaciles, ni Escrivanos, aunque sea assi embiaren, assiente (f) al pie de la infor– a costa de la parte, que lo pide , dentro de las macion los derechos , que llevare , para que cinco leguas, ni fuera dellas; i que en tales ca- se pueda averiguar si excedio de lo que fue sos lo(c)cometan a los.OrdinariosdelosLu- ta&Sado por elAlcaldeMayor, iqueestamis– gares, donde acaesciere , para que ayan la ma orden se tenga en los delitos, que acaes.. informacion, i la embíen ame ellos. ciercn dentro de las cinco leguas, a que ovie- . re de ir el Alcalde Mayor : i mandamos a LEI XXIV. los .dichos Alcaldes Mayores que no se en– tremetan a conoscer de los del:tos {g) livia- JJue los Alcaldes de los Adela11tamientos en las· nos , que acaescieren fuera de las cinco le– causas criminales, sin embargo del capitulo guas, aunque sean de las cinco palabras de la de la 'Instruccion, cono-zcanindistintamente, lei; i quanto a aquellos guarden el capitulo como antes solian, conforme ~ lo en esta Id de la dicha lnstruccion: i assimismo manda– contenido. mos que a las personas, que los dichosAlcal- P OR quanto por un capitulo de las di- des Mayores embiaren a hacer las die:has in– chas Instrucciones se manda que fue- formaciones, i prisiones, les tasten los {h)tes– ra de las cinco (a) leguas no se embien Algua- tigos, que han de tomar para la sumaria infor– ciles, niMerinos con salario ; ni sin el a cos- macion, i los días, que se han de ocupar en ta de culpados , de lo qual paresce que se han los negocios; porque de la dicha visita resul– seguido, i siguen algunos inconvenientes, ta, que; por no se aver hecho assí, se han se– porque por no poder ir \os dichos Alcaldes · guido muchos inconvenientes, i costas a Jas ·Mayores en persona a cada negocio , ni po,. parte$: i assimismo mandamos que, quando el der embiar conforme aldicho capitulo Algua- caso, que assi acaesciere , fuere tan (1) grave cil , o Merino, muchos delitos se han queda- que lo requiera, los dichos Alcaldes Mayores do sin punicion , i castigo: porende ordena- vayan en persona a entender en ello, sih espe,– mos , i mandamos que, quando en Jos dichos rar nueva carta , ni comission nues·tra para Adelantamientos acaesciere algun caso {b) · ello; pues lo pueden, i deven hacer coofor– grave fuera de las dichas cinco leguas de los me a los poderes , que de Nos tienen. Lugares, donde residieren los dichos Alcal•, des Mayores, estando ellos juntamente impe- LEI XXV. didos, puedan embiar un Alguacil Merino a · tomar las informaciones, i prender los cul- . !Jue hs pleitos ci'l!iles no se intenten crlmina'J- pados, i que no les pueda dar, ni de mas de mente. . ~ cien (c) maravedís de salario cada un día, porque se tiene porcautelaen lasAudien– i dende abaxo si le paresciere , con que las cias de los dichos Alcaldes Mayores personas, que embiaren, no vayan a costa (á) que para convenir a uno ante ellos , aunque de culpados, sino a costa del que querellare, sea fuera de las cinco leguas, intentan los plei– si oviere parte querellante; i si procediere de tos (a) criminalmente , siendo causas civiles, oficio, a costa de la nuestra Camara, o de las i los dichos Alcaldes Mayores admiten las ta– penas, que se aplican para gastos de justicia; les acusaciones)de loqual las partes resciben i que despues , venida la informacion , o al gran melestia , i costa ; porende mandamos tiempo de la sentencia difinitiva, se carguen a los dichos Alcaldes Mayores que tengan . (i) L.1.¡..1l, (g) hot tit. (,) I..69. i ?'· t 6, i l. 1.4. h. tít. LEIXXlV. (•lL. 17,gl.(a)l. 17,i7,,t;1p.i. ;., ,.,, tít. (t) I..79. t11p.7. hot tít. 1 tlos, (i) ;., ,m,, {t) L. J1. ,;,. 6, "4 ,,,, li6. (•l L. 17. zl. (a) i l. 1 ¡. zl. (a) h°' tit, (,) .&;111. 10. ~n ,l J• i +• c.ap ,18, ti1.,. i ,l i.7. tit, J• lii. J• (/) i.._40, 1tl gran- ft11 h.tit. l.18. t,JO. tit.1,. lit.1, (i) L,~J•fl.(b) l,O, i 1', ,. G. h.tit. (b) L.61. tl,(b) i 7,. t,f 1, b.tit, l.J 1. tit.10.; l. 11. tit. u, lih.1. (i) L,79. t,7, i ti, {b) ;., 111• l1i, LEI XXV.(•) L,7,. e•t•J7• ¡, ,st1 1i1, l.1,,1t11. (a),;;. l• ;., ,,,, ~. . • .
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