Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto
Del Regente, i Jueces de la Audiencia de. Sevilla. 3 99 ()rdinarias, adonde ellos residen, en los neg<r 7 Ninguno tie Jo.s 'Jueces por causa de Ja ,cios que a ellos vienen en apelacio11 , . v.ease la protecciun de la Para de AlguacilMayor de la leí 78. tít. 5. Jib. 2. CitJ!/adde Sevilla, ni otra alguna proteccion, 5 Los Escrivanos , i otros Oficiales de la comission, 3 ocupacion pueda lievar, ni lleve Audimcia de Sevilla, que llevan derechos; salario, ni por ayuda de costa, trigo, ni ce– assimtenios al fin de los processos , i escritu • . bada, dirdJe , ni indird1e , sin t.ener primero ra.r, i la pena si no Jo hicieren , 1. 39• tít. !25, licencia de su Magestad pedida e,z el Consejo, lib. 4. . . i los Visitadores, que lofueren de la dicbaAu- 6 EJ Regente, ni otro algww de los :Jue- _diencia , inquieran sobre. la transgression . dt ces , Aléaides delCrimen, ni Fiscal de la Au- esto , haciendo cargo como contra kJs que re- . diencia de Sevilla no puedan ser Cofrades de ciben dadivas, en la misma Carta acor.. la Cofradía de la Misericor(iia , ni otra algu- dada. . na de aquella Ciudad, ni pretender se ks buel- 8 El Regente, i Jueces, Alcaides de/Cri– ~a la hlanctl'de /acame por hidalguía de san-, men, i Fiscal de la dicha Audi'encia, ni sus gre, i solo se les bueh.Ja como tales Ministros, mugeres , no puedan visitar, ni visiten a nin..– esceptu si algunofuere natural de aquella Ciu- guna persona de qua/quier .estado, i calidad dad, Carta .acordada del Consejo,despacha- que sea, Carta acordada del. Consejo, despa- da en .22. de Diciembre de 1636. chada en 21. de A¡osto de 1639. TITULO TERCERO. DE LA AUDIENCIA, 1 JUZGA_DO _DE -CANARIA, · i de las siete Islas. LEI PRIMERA. JJue en la Aodiencia de Canaria aya un Ri,.. gente, i otros dos 'Jueces, i que en los casos de Corte puedan cono.seer en primera in.s– tancia. D.Phclipc n. año de 116'· M Andamos que en ladicha Audiencia de Canaria aya un (a) Regente, que sea cabeza, i resida en ella: el qual ordene loque toca a la vista de los pleitos , i execucion de las ordenanzas de la dicha Audiencia: i jun– tamente con el dicho Regente aya otros (b) dosJueces de apelacion de la dicha Audien– cia, para que todos tres determinen los plei– tos, que·a la dicha Audiencia ocurrieren , o pudieren ocurrir, conforme a las ordenanzas della; con que mandamos que en los casos (c) de Corte, que conforme a las leyes .de nuestros Reinos podían ir los negocios en pri• mera instancia por nueva demanda a la nues– tra Audiencia de Granada, aquellos puedan ir, i vayan a la dicha Audiencia de Canaria; l.EI l. j,t) L. J ·tlos. (a) tit. 1. i l. 1·. 1./11. (a) tit. 1 . hi,e lib. .l.1-slos.(cl i (b) ,;,. J· lil,. 1. 1. 1. slo,.{a) i l.67. tit.1. hoe/il,. Au,.1. §, 1, up. , . 1 •7. j 19. ho, tit.Aut. 15 .111 priffeip.m.1. ..4111. 16. 1tlp,intip. l. 18. i 10. h.c rit. (b) L. Jl· tit.11 . l.1. fit. 7• i J.,,. 1it. J. li/,.1, t.,.,il.i.l. ¡ 1.~1,i H•••p.10.tit.1, i puedan conoscer, i conozcan delJ~ en pri– mera instancia por nueva demanda, sin em– bargo de las ordenanzas de la dichaAudien– cia , que disponen lo contrario. · LEI 11. !},ue en las cau.rasciviles de tresciefftosmilmd– ravedis abax() COMI.Can en vista, i en grado de revista, i noayaapeiacion, m recurso. Idem. M Andamos que en las causas civiles ay:,. grado de suplicacion para los dichos Regente, i Jueces de.apelacion de lo que de-– terminaren en vista eq las causas, que fueren de valor de trescientos ( a) milmaravedís aba– :xo; i de .lo que.determinaren en revista en las dichas causas no aya otro (b) recurso, ni ape~ lacion alguna, sino que se fenezcan, i acaben en la dicha Audiencia. · LEI . lII. !Jue en las causas criminales, en que no U'Vie– re condenacion de mtlerlt, se St1pliq11e para ellos, i de la revista no ayaapdacion. Idem. , lm lif.. (e} L-O· tlos.(il i (b) ..,,¡,. ,,. ,1.,. (b) tit. 1. i l. ,: slos (o) ,;,••. h./il,. l+ tlos. (e) h.tit. i l. ¡. ¡los.{g) tit.5. /i/,.1• U:I 11. (•) L . 4. t.los.(a)hoe t it . l., . ,los. 1,í) i {e) ;/. 9, tlos. (b) tít. ,. l. f. ¡los.(b) i 1.6. tit.1. h lib. (/,) L. J· tlos. (b) lm lit. l. 1. slos. (f) i ¡cJ tít.¡. h,c /ji,.
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