Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

Libro segundo.' Titulo decimonono. Lot mismo• alli cap.67, i 70, Q UE si algun Escrivano de Camara diert processo a relator, para que haga re– lacion , sin que sea (a) cnoomendado por.el Presidente, po1' la primera vez pague diez d ucados , la mitad para la Camara, la otra mitad para el que lo denunciare; por la segunda vez sea suspend~o de oficio :E><?r un año; i que luego que se dieren las peuetones las embien al Relator, a cuyo cargo es sa– <!arlas en relacion·; i las que se remitieren 'a {i,) consulta, se lleven el mismo dia al con– sultante·; i el E scrivano de Camara, que pu– siere en la peticion consulta, sin ser (e) le1- . da, i provdda en Consejo , sea suspenso de oficio por medio ano. LEI XIV. JJue las probamas , sin se ewer ddlas ficho publicacion, f1() Ja.,muestren; i que no em.-. · bien por los processos a los traer a costa de laspartes. Lo, mi,mosa!Jicap... 7,i64- P Orque las probanzas de las partes no han demvistas (a) fasta que se mande facer pubHcacion dellas, o el Consejo lo mande: mandamos que el Escrivano,que contra esto tiniere por culpa, o OéSligencia, por la pri– mera vez pague diez ducados; i por la se– gunda sea suspenso del oficio por un año; i assimismo mandamos que no embien a (b) costa de las partes por los processos pendien– tes en Consejo, do quiera que los tuvieren, sopena de bolver a la parte lo que le llevaren con el doblo. LEI XV. ~ue las resitkncías, ni otropleito, que cupiere por &partimiento a un Escriruano , f1() lo pueda dar a otro sin licencia del Presiden– te ; i que a quien cupiere la residencia pu– hJica aya Ja secreta, o por el contrario. Lo, mi,mo, alli cap, J7• M Andamos que a quien copiere por re~ panimiento la re¡idencia publica, o secreta, se le ·de la otra; por manera que es– ten juntas, i no divididas; i al que le cupie– re no pueda (a) trocar con otro, ni denrla, porque otro Escrivano de Camara entieAda LE.l Xtll, {•) L.J,tl.,. {a) tit, 17, i A•t, 1,, J, ut• tít. (b) A#t, 1 ¡. Jr .,,. rit. lf) L. 11. Jr utt tit. . LEI XIV. (• ) L.17. tif. 1,. botll&. /, &. •lmrl.tit.6.li •• +, (b) ÁHt,J, Í ... tít. J./; ll, f/01, {cJ tÍt,16, il.111tt Üt, • LEI XI'.(• ) L. u. tit.17. l., m, li•• W XYI, {•} L. 11. i 1,. tit,U, l. 7• tít. 14. l,J 1.1i,.1,. en ella sin licencia del Presidente ; i lo mis– mo hagan en otro qualquier negocio que les cupiere por su repartimiento, sopena de seis ducados , i suspe~ion de oficio por dos meses. LEI XVI. Que los Escrivaft()s residan en sus casas para el breve despacho, i los processos , que mu– dandose Ja Corte, bande quedar con /qs in– feriores, /qs embien Juego. M Andamos quelosEscriVan09de Cama-, ra residan en sus (a) casas el tiempo, que los nogociantes han de ser despachados; i entiendan por sus personas en lo que toca a sus oficios, sin confiarse de (b) oficiales; r los processos, remitidos a los infetiores por mudanza de la Cone, se den luego por los Escrivanos de Camara , sopena de seis duca– dos , la mitad para la parte , que rescibiere perjuicio en esto; la otra mitad para nuestra Camara. LEI XVII. Los Escr+va,ws de Camara juren cada ~ primero dia deCqnsejo d el año, que guar– daran estas ordenam.as . D. Fcl'llalldo , i D. Ita~l CD Toledo año de &o, J.1 i, º Troe} mandamos qué e~ primero dia de cada un año, que se ficiere Consejo, fa– gan parescer ante s1 lo~ del nuestroConse j., a los nuestros Escrivanos de Camara, i resciban dellos(a)juramento que guardaran las leyes, i ordenanzasJ el arancel,que con elfos fablan; i que contra ellas no iran, ni passaran en ma– nera alguna~ . LEI XVIIL !Jue pone elArancel de los derechos, que pue– den llevar los E.scrivanos ·de Camara de IIJs ConsejrJS &al, e Indias, e Inquisicion, i rk Ordenes, i Contaduria. D. Pbelipe IL i la PriDCNa D. JaaDa GoYeniadóra CQ fil au- llCJlcia CD Valladolid año ¡6. ror JuAio. M Andamos a los Escrivanos de Ca mara del nuestro ConsejoReal, i de la In• · qui– ,. 1, "'f•H·'if.u.l.9.tit.1J:l.,. C•111fü,10.ti1,,o. lib.,. /. 1 ~ 111.,. t1t.1¡.l,J,r,(b} L.,. ,11.17./,1 7 , ,;,. 10, 1., ,,,, r;¡• i l, 1, 1.101. (a) tlt .,,, tit. · · . Llll XVll. (•) L.10. tit.,. li•• 1.0,,1,n•m. l.JJ , 1i,.1e. •• .,,. lib. l. J• J.o, tit. l+tllt,(d) tit,11, l.1, tí t. 1 i, J, il, , •• /• 1, NI, U, IÚ 11t, Üt. \ .

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